Todo el mundo, al escribir sobre Gaza, prefiere encender el cronómetro en el momento que le favorece. Hay quien arranca la mañana del 7 de octubre de 2023 y deja atrás setenta y cinco años de despojo, exilio y dominación; hay quien se remonta a 1948, o a 1917, y trata el resto como mera consecuencia, como si aquella mañana no hubiera existido.
La primera exigencia de la honestidad es resistirse a ambas amnesias: la memoria del 7 de octubre representa el día más letal para los judíos desde el Holocausto, y quien la borra para salvar su relato no está juzgando, sino fabricándose una coartada. Lo mismo cabe decir, a la inversa, de quien necesita borrar las décadas anteriores para que su indignación quede limpia. Un relato que no pueda sostener las dos fechas a la vez no resiste la prueba.
Conviene, además, deshacer un equívoco que el lenguaje militante ha hecho suyo. La existencia del Estado de Israel dentro de la Línea Verde no es, a los ojos del derecho internacional, una ocupación: Israel fue admitido como Estado miembro de Naciones Unidas el 11 de mayo de 1949. Lo que el derecho sí califica como ocupación, y cada vez con menos titubeos, son los territorios tomados en 1967.
En su opinión consultiva del 19 de julio de 2024, la Corte Internacional de Justicia declaró ilícita la presencia mantenida de Israel en el Territorio Palestino Ocupado –Cisjordania, Jerusalén Este y Gaza– y exigió su fin. Que el pronunciamiento incluya a Gaza apenas sorprende a quien recuerde que la retirada de colonos y soldados en 2005 no extinguió la responsabilidad israelí: quien sigue controlando fronteras, registro de población, espacio aéreo, aguas territoriales y entrada de mercancías no se lava las manos con un gesto.
Sobre esa base, 1948 entra donde de verdad pesa –como causa, como trauma, como contexto– y la Nakba es constitutiva de la condición palestina, porque Gaza es en su mayoría población descendiente de refugiados. Pero entra como historia, no como premisa jurídica que invalide al Estado de Israel; confundir una cosa con la otra es regalarle al adversario su mejor argumento.
Ninguna de estas precisiones sirve para edulcorar lo que ocurrió el 7 de octubre. Aquello no fue una operación de milicias: fue una matanza de civiles. Murieron en torno a 1.200 personas; unas doscientas cincuenta y una fueron llevadas como rehenes, y decenas de ellas habían sido capturadas ya muertas o murieron después en cautiverio.
Las investigaciones disponibles documentan, además, indicios graves de violencia sexual en varios escenarios del ataque; algunos informes la inscriben en un patrón, aunque la verificación plena de determinados extremos sigue lastrada por la falta de acceso a víctimas, lugares y pruebas. Quien aspire a condenar lo que vino después y quiera ser creído tiene que empezar por aquí. Negarlo no ayuda a la causa palestina, del mismo modo que negar lo que la realidad de Gaza ha terminado por imponer no ayuda a la seguridad de Israel.
Y esa realidad es demoledora. Tras dos años descalificando las cifras de Gaza como propaganda, un alto responsable de seguridad israelí reconoció ante periodistas que el número de palestinos muertos rondaba los 70.000, sin contar los desaparecidos bajo los escombros; un estudio publicado en The Lancet Global Health sugería que incluso ese umbral podía quedarse corto. Más del 80% de la población fue desplazada. Frente a esos hechos, el derecho ha empezado a hablar con una precisión que el debate público maltrata a diario.
Proporcionalidad no significa que las muertes deban equilibrarse entre bandos: prohíbe el ataque cuyo daño civil previsible sea excesivo respecto a la ventaja militar concreta y directa esperada. La asimetría de cadáveres no es, por sí sola, una infracción. Lo que el derecho cuestiona es otra cosa: el castigo colectivo, vedado por el artículo 33 del Cuarto Convenio de Ginebra, que prohíbe penar a una población por actos que no ha cometido.
Lo que el derecho cuestiona es el castigo colectivo, vedado por el artículo 33 del Cuarto Convenio de Ginebra, que prohíbe penar a una población por actos que no ha cometido
Un asedio sobre alimentos, agua, electricidad y combustible aplicado a toda una población apunta a ese terreno, y no es casual que las órdenes de detención dictadas por la Corte Penal Internacional el 21 de noviembre de 2024 contra Benjamin Netanyahu y Yoav Gallant incluyeran la inanición como método de guerra, junto a otros crímenes de guerra y de lesa humanidad. La misma Corte dictó también una orden contra Mohammed Deif, jefe militar de Hamás, por crímenes cometidos el 7 de octubre y con posterioridad.
La honestidad obliga además a sostener lo que incomoda al propio razonamiento. Hamás ha emplazado parte de su aparato militar dentro o junto a zonas civiles densamente pobladas: túneles, infraestructuras y posiciones bajo o cerca de hospitales, escuelas, mezquitas y áreas residenciales, aunque investigadores internacionales hayan discutido o tachado de exageradas algunas acusaciones concretas sobre hospitales. Eso enturbia el cálculo de proporcionalidad y desplaza parte de la responsabilidad jurídica hacia el bando que se escuda entre civiles. Pero no anula las obligaciones del atacante.
La acusación más grave, la de genocidio, sigue sin resolverse: la Corte Internacional de Justicia ordenó medidas provisionales en enero de 2024 al considerar plausibles algunos de los derechos invocados por Sudáfrica bajo la Convención contra el Genocidio, pero el fondo del asunto no está juzgado, e Israel presentó su contramemoria en marzo de 2026. Afirmar que ya hay condena por genocidio es falso; restar gravedad al procedimiento abierto también lo es.
El presente añade una ironía amarga. Desde el alto el fuego de octubre de 2025, refrendado después por la resolución 2803 del Consejo de Seguridad, los rehenes vivos han vuelto y el último cuerpo fue recuperado en enero de 2026. Y, con todo, Israel mantiene el control directo de una parte sustancial de Gaza, ha extendido su zona de dominio por encima de la línea prevista en el acuerdo y las muertes palestinas han seguido sumándose desde la declaración de la tregua. La tregua existe, pero su propia fragilidad funciona como diagnóstico: el problema nunca fue solo la guerra.
Porque lo que está en juego no es la simetría del sufrimiento, sino el uso que un poder hace de una asimetría abrumadora. La cuestión moral de Gaza no se zanja contabilizando agravios hasta empatar; se plantea al preguntar si quien tenía el control casi total decidió emplearlo para proteger civiles o para quebrarlos.
La ley, con lentitud, ha empezado a responder: ha declarado ilícita la ocupación mantenida, ha señalado responsabilidades personales en los dos bandos y ha recordado que ni la memoria del crimen ni el trauma histórico autorizan a suspender el derecho sin plazo. Hasta ahí llega. De la política que hizo todo esto posible no puede ocuparse un tribunal: de la israelí que confundió seguridad con dominación indefinida, y de la palestina que confundió resistencia con martirologio. Esas decisiones, las que durante décadas prefirieron el agravio a la paz inmperfecta, pertenecen a otro juicio, menos solemne y más exacto, que es el de la historia.
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