El Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid ha ordenado el cierre de diez pisos turísticos en un edificio de la calle Toledo para proteger a una familia con dos hijos menores, tras considerar que la actividad que allí se desarrolla vulnera su derecho a la intimidad personal y familiar. La sentencia, adelantada por El País y confirmada por Efe, condena además a las empresas gestoras a pagar 37.000 euros en concepto de daños.
El fallo, que todavía es recurrible, no se apoya en un incumplimiento de la normativa sobre viviendas de uso turístico, sino en la afectación directa a los derechos fundamentales de los demandantes, según el abogado de la familia, Miguel Ángel Rubio Sánchez, del despacho Sofima 10 Abogados.
La resolución judicial se centra en los diez pisos situados en la misma escalera que el domicilio de la familia denunciante, en un inmueble donde el 75 por ciento de los 60 apartamentos se destinan al alquiler turístico. La jueza ordena también la “abstención de desarrollar dicha actividad en el futuro” en esas viviendas.
Según recoge la sentencia, los denunciantes, una pareja con dos hijos pequeños, viven rodeados de pisos turísticos explotados por empresas vinculadas al presidente y al administrador de la comunidad, pese a haber sido multadas por ello. Relataban problemas constantes: ruidos, destrozos en las zonas comunes, actividades insalubres e incluso ilegales. También denunciaban haber sufrido ansiedad, insomnio y depresión como consecuencia directa del entorno.
Situaciones "indecentes"
La jueza considera probada la existencia de ruidos persistentes, múltiples intervenciones policiales, daños estructurales y hasta situaciones "indecentes", como huéspedes manteniendo relaciones sexuales en zonas comunes. Según la resolución, las molestias "exceden del uso normal de los elementos comunes" y afectan directamente a la vida privada y familiar en el domicilio.
El fallo rechaza el argumento de las empresas gestoras, que alegaban que las molestias eran comparables a las de cualquier vecino. También desestima que la familia debiera asumir las consecuencias por haber comprado la vivienda sabiendo que existían pisos turísticos en el edificio. El juez sigue el criterio de la Fiscalía y cita jurisprudencia del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para subrayar que el derecho de propiedad tiene límites cuando entra en conflicto con derechos fundamentales.
El abogado de la familia considera que la sentencia marca un precedente relevante y denuncia que sus representados han sido víctimas de mobbing inmobiliario, al haber recibido ofertas "ridículas" por su piso para que lo abandonaran.
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