El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha inadmitido la demanda presentada por tres presos de ETA por considerar que la dispersión que padecían en la cárcel de Lyon (Francia) y que les alejaba de su lugar de residencia y entorno familiar vulneraba la Convención Europea de Derechos Humanos. Ahora, Estrasburgo se pronuncia sobre los recursos presentados por Alex Zobaran, Ione Lozano y Urko Labaka quienes habían esgrimido los artículos 8º y 13º de la Convención que establece el derecho de las personas presas a mantener su vida familiar y privada y a hacerlo sin “interferencias” interpuestas por la autoridad pública. Sin embargo, la justicia europea considera que el hecho de haber estado encarcelados –sólo Zobaran continúa hoy en prisión- en una prisión de Lyon, a casi 800 kilómetro de sus lugares de origen, y lejos de sus familias no ha supuesto una restricción “significativa” de sus derechos. Según el Gobierno francés, los reclusos han recibido mientras estuvieron detenidos y encarcelados en ese país entre 343 y 453 visitas, y entre 426 y 1.283 comunicaciones telefónicas.

Los tres habían sido detenidos en el norte y el centro de Francia en marzo de 2011. Tras pasar por centros penitenciarios de la región parisina, fueron transferidos a la cárcel de Lyon el 18 y el 21 de ese mismo mes. Fueron condenados a 8, 6 y 5 años, respectivamente. Dos años más tarde, en 2013 los demandantes recurrieron a la corte europea de manera individual.

En la sentencia se señala que los tres denunciantes recibieron visitas regulares de sus familias y entorno personal, así como que no les fue restringido el empleo del teléfono como vía de comunicación con ellos. El TEDH cree que el traslado a la cárcel d Lyon no ha impedido de modo “significativo” un impedimento o limitación del régimen de visitas. Añade que a los presos no se les aplicaron medidas añadidas para restringir o limitar su derecho a entrar en contacto con sus familias “y nada prueba que los viajes que sus familiares han tenido que hacer hayan causado problemas insuperables o muy difíciles de resolver”.

Los reclusos recibieron entre 343 y 453 visitas mientras estaban en prisión y entre 426 y 1.283 comunicaciones telefónicas

La Corte recuerda a los presos de ETA que la Convención Europea a la que apelan no garantiza en cualquier caso el derecho de los reclusos a elegir su lugar para cumplir la condena y que por tanto, la privación de libertad conlleva de modo “inevitable” la separación y distancia de sus familias.

En la sentencia los jueces también rechazan el argumento esgrimido en forma de precedentes por parte de los presos de ETA. En la sentencia se apunta que este caso no es comparable con otro contra Ucrania y que afectaba a dos internos (Vintman y Rodzevillo), internados en cárceles a miles de kilómetros de sus domicilios, y que ganaron su demanda. Vintman no había visto a su madre en 10 años y Rodzevillo sólo recibió 7 visitas en 8 años.

250 demandas de etarras a la espera

El Tribunal de Estrasburgo ha destacado que en la carta que los tres etarras enviaron al juez de instrucción en 2012 "no pidieron de manera clara estar más cerca de sus familias" y "podían haber solicitado una medida de acercamiento". Por ello, la Sala Quinta ha considerado que las quejas de los demandantes "no son suficientes para que constituyan una injerencia en el derecho al respeto de su vida familiar" y están "manifiestamente mal fundadas".

La resolución supone un revés para el entorno de presos de ETA que había recurrido a la Justicia Europea convencida de que los tribunales europeos tumbarían la aplicación de la política de dispersión que aún mantiene el Ejecutivo de Mariano Rajoy. De hecho, hasta 250 presos de ETA habían formalizado una queja similar a la ahora inadmitida y que todo apunta a que puedan ser resueltas en el mismo sentido. El entorno de la izquierda abertzale se había movilizado para hacer frente a la situación de dispersión que por ahora se aplica a los reclusos de ETA.

Precisamente ayer, EH Bildu valoró muy positivamente la iniciativa de Amnistía Internacional de elaborar una agenda por los derechos humanos y que confía en que puedan aplicar de manera común los Gobiernos central y vasco. En ella se incluyen seis puntos entre los que figura no sólo la necesidad de reparar a las víctimas de la violencia terrorista y la tortura sino también la actualización de la política penitenciaria. Amnistía Internacional considera que la aplicación de medidas de dispersión continúa siendo una vulneración de los derechos de los reclusos al ser víctimas de una política “excepcional”.

Hasta el momento el Ministerio del Interior se ha negado a modificar este régimen aplicado a los presos de la banda terrorista. El ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido ha repetido en numerosas ocasiones que esta medida no se modificará hasta que ETA entregue las armas y se disuelva.

Además de estas demandas vinculadas a la dispersión, la izquierda abertzale también tramita medio centenar de denuncias ante la justicia para que las penas cumplidas fuera de España sean computadas en nuestro país. Por el momento ya han sido tramitadas las denuncias de Alberto Plazaola, Santiago Arróspide y Francisco Múgica Garmendia ante el TEDH tras agotar la vía judicial en España.