El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la decisión de un juzgado de Donostia-San Sebastián que anuló la exigencia del perfil lingüístico PL2 de euskera en todas las plazas de cuidador incluídas en un proceso de estabilización de empleo temporal convocado por la Diputación de Gipuzkoa.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado los recursos presentados por los sindicatos ELA y LAB, así como por la propia Diputación, contra la resolución del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Donostia, que había considerado "discriminatorio, excesivo y desproporcionado" imponer este requisito en la totalidad de las plazas convocadas.

En su fallo, el tribunal de instancia entendía que la medida vulneraba los artículos 14 y 23.2 de la Constitución Española, al impedir que las personas castellanoparlantes pudieran optar en igualdad de condiciones a esos puestos públicos. Añadía, además, que garantizar el derecho de la ciudadanía a relacionarse en euskera con la Administración no exige que todas las plazas de cuidador/a lleven aparejado ese perfil.

Por su parte, ELA, LAB y la Diputación defendieron que la exigencia no era desproporcionada y estaba justificada para asegurar “los derechos, la dignidad y los cuidados adecuados de las personas usuarias”.

El Tribunal Superior rechaza ahora estos argumentos y recuerda que en resoluciones anteriores ya había señalado que imponer el PL2 en todos los puestos de esta categoría constituye un requisito que no armoniza ni con las necesidades de atención en euskera ni con el derecho de los aspirantes que desconocen este idioma a acceder al empleo público. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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