La entrada en vigor de la nueva tasa de basuras ha vuelto a poner sobre la mesa las cuestiones económico y financieras de los contratos de arrendamiento. La ley estatal y local ya dispuso que este tributo se aplicara en la mayoría de municipios con más de 5.000 habitantes, lo que ha supuesto, sin lugar a dudas, un incremento notable en el gasto ordinario de la vivienda habitual. Muchos inquilinos, por lo tanto, se ven en la situación de intentar aclarar si el importe les es exigible a ellos o si, por el contrario, corresponde abonar dicho tributo al arrendador, y ello especialmente cuando la cantidad final es muy elevada, pues se pueden superar incluso varios centenares de euros al año en algunos territorios.

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La tasa de basura en el alquiler

Como establece la Ley de Arrendamientos Urbanos, el propietario podrá trasladar al arrendatario el pago de los determinados gastos relacionados con el inmueble, incluyendo la tasa de basuras municipal, pero siempre que haya un pacto escrito al respecto, el cual debe aparecer recogido de forma expresa y precisa en el contrato y debe hacer constar la cuota anual del impuesto. Así, de no mediar dicho pacto, el arrendatario no tendrá que hacerse cargo del gasto y es el propietario quien continúa obligado a hacerse cargo del pago.

Efectos de los contratos anteriores

Los contratos firmados previamente a la implantación de la tasa no contienen tal obligación, de modo que, en las referidas circunstancias, el propietario es el sujeto pasivo ante la administración. Para la Administración, una sencilla cláusula de gastos no puede dar cobertura a un cobro, dado que la normativa necesita cumplir con la precisión documental y una concreta cantidad que compense la tributación.

La tasa de basura en el alquiler

La implementación de la tasa de la basuras incrementa los gastos derivados de la vivienda y puede provocar modificaciones en la relación entre arrendadores y arrendatarios. Muchos propietarios intentan incluirla en los nuevos contratos con el objetivo de no tener que asumir este gasto adicional tras la última subida. Por su parte, los inquilinos revisan, con más rigor, las condiciones para averiguar qué conceptos se suman al precio del alquiler.

Adaptación a la nueva normativa

El sector inmobiliario se va acomodando de manera gradual a la implantación del impuesto de las basuras. Los contratos de alquiler recientes ya han incorporado cláusulas específicas con la distribución de los gastos, con el objetivo de evitar conflictos y se aclaren las obligaciones desde el primer momento que empiece el arrendamiento; la claridad comercial pasa a ser un factor fundamental para eludir posibles desencuentros futuros entre los propietarios y los inquilinos.

Los próximos contratos

En lo sucesivo, la porción más alta de arrendamientos de alquiler, se estipulará una cláusula en la que se traspase la tasa de basuras al arrendatario, siendo esta una conducta que optimiza la gestión de los arrendamientos por las personas arrendadoras y subsana la exigencia de la norma. La antigüedad documental evita conflictos y proporciona la oportunidad para que las partes conozcan en detalle el impacto económico del contrato.

Revisión de los acuerdos vigentes

Los inquilinos que tengan contratos que se hayan firmado antes de la implantación de la tasa no deben asumir esta carga. La ley apoya su opinión y asegura que la responsabilidad recae en el propietario al no indicarse de forma explícita en el contrato el importe. Las asociaciones de arrendatarios insisten en la importancia de revisar cada uno de los documentos para evitar que haya cobros indebidos es incorrectas, y para ajustar los pagos a lo que exige la ley.

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