Bruselas ha recibido con malestar y escepticismo el Real Decreto-Ley de subida del tipo mínimo en los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades que el Congreso de los Diputados convalidó este jueves. El Gobierno en funciones anunció a bombo y platillo la medida el pasado mes de julio, cuando presentó las alegaciones para evitar una multa de la UE por no cuadrar el déficit en 2015. Entonces dijo que afectaría a empresas con facturación superior a los 20 millones y que recaudaría 6.000 millones de euros en 2016, con lo que sería suficiente casi por si sola para cumplir el objetivo de déficit marcado para este año, del 4,6% del PIB.

Después fue más allá de lo que se preveía al establecer un tipo mínimo del 23%, superior al del 12% vigente en 2015, para las empresas con facturación de más de 10 millones de euros, lo que ampliaba el número de empresas afectadas a unas 9.000, y elevó el tipo al 25% en el caso de la banca. En paralelo, el Gobierno también incrementó la capacidad recaudatoria de este cambio a 8.300 millones, y así la incluyó en el Plan Presupuestario 2017 remitido a Bruselas el pasado 15 de octubre. Sin embargo, tras este periplo, en Bruselas ven más artificio que calado presupuestario.

Fuentes solventes han asegurado a El Independiente que la medida tampoco ha gozado en todo este tiempo de la simpatía del propio presidente del Gobierno en funciones, Mariano Rajoy. Al contrario, admiten que la caída en picado de la recaudación del Impuesto de Sociedades en el primer semestre, que llegó a superar el 80% en la comparativa con el año anterior, pese a que el Presupuesto de 2016 preveía que estos ingresos crecerían este año más de un 20%, y la necesidad de aplicar después un cortafuegos, provocaron irritación en Moncloa.

Detrás de este desplome estaba la supresión del tipo mínimo de los pagos fraccionados que operaba en 2015, del 12%, a partir del 1 de enero de 2016. Por ello, ante la necesidad de cuadrar el déficit público, el Gobierno de Mariano Rajoy prometió a Bruselas dar marcha atrás para tratar de ‘salvar’ unos 8.300 millones en los plazos de pago fraccionado de octubre y diciembre subiendo el tipo hasta niveles que la patronal ha considerado "desproporcionada".

El 'efecto perverso' de la medida

Por otro lado, la lectura que hace Bruselas de esta medida es compartida por los expertos en fiscalidad consultados, quienes vaticinan que tendrá en el mejor de los casos un resultado neutro e incluso podría hacer caer los ingresos por el Impuesto de Sociedades el próximo año.

Lo que explican los expertos es que este tipo mínimo del 23% se aplica sobre el resultado contable positivo de las empresas y actúa como un anticipo de lo que es la liquidación definitiva del impuesto, como ocurre con las retenciones mensuales del IRPF. Por su parte, el tipo general del Impuesto de Sociedades, del 25% con carácter general, recae sobre su base imponible.

De esta forma, al adelantar el pago del impuesto con los pagos fraccionados a un tipo mínimo del 23%, en la liquidación de julio del año gran número de empresas podrían tener derecho a devolución, sobre todo cuando su base imponible haya resultado negativa.

Al mismo tiempo, una vez en 2017, los pagos fraccionados seguirán siendo iguales si no varían los tipos mínimos aprobados y en tanto que la medida estará vigente hasta que el déficit no baje del 3% del PIB, lo que está programado para 2018.

En este contexto, con igual recaudación por anticipos, un gran volumen de devoluciones, superior a las que Hacienda pagó en en julio de 2016 por los pagos fraccionados de 2015, podría suponer un escalón a la baja en la recaudación.  Este efecto se podría compensar, en todo caso, si suben los beneficios contables de las empresas, y con ellos la recaudación adelantada, a lo largo del próximo año.

El Consejo General de Economistas cree que la recaudación por Sociedades será menor el próximo año

En este punto, el experto del Consejo General de Economistas, Luis del Amo, cree que no se producirá tal compensación y que la recaudación por Sociedades será menor. Por su parte, el presidente de los técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, considera que, hasta que se produzcan las devoluciones de julio, la recaudación irá a más, por los pagos fraccionados del plazo de abril, pero que luego ambas cuentas se compensarán y el efecto de estos adelantos será neutro.

Unos y otros están pendientes de si el Gobierno que finalmente pueda elaborar unos nuevos presupuestos para 2017 estampa en ellos subidas o bajadas en la recaudación de este impuesto.

Un caso práctico

Los técnicos de Hacienda han elaborado para El Independiente un caso práctico en el que se observa el efecto de las devoluciones por el Impuesto de Sociedades en 2017. El ejemplo establece un resultado contable y una base imponible, tras los ajustes pertinentes, de 1.400.000 y 1.000.000 euros, respectivamente, en 2016 y 2017 . Estas cifras se determinan para un periodo de 11 meses, puesto que el último pago fraccionado de diciembre se aplica sobre el resultado hasta noviembre.

En este caso, al aplicar el tipo mínimo del pago fraccionado del 23% sobre el resultado contable, resulta una cantidad de 322.000 euros en 2016 e igual en 2017.

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Para el próximo año, al efectuar la liquidación del impuesto en el mes de julio, sobre una base imponible de 1.200.000 millones –se tiene en cuenta ya el mes de diciembre de 2016—la cuota íntegra a pagar tras la aplicación de tipo general del 25% del Impuesto de Sociedades sería de 300.000 euros.

Si se aplicase, por ejemplo unas deducciones de 1.000 euros, la cuota líquida sería de 299.000 euros. Pero, ya que el pago anticipado alcanzó los 322.000 euros, las devoluciones a efectuar alcanzarían los 23.000 euros, una cantidad inferior a lo que se abonara con una base imponible y un resultado constantes en julio de 2016, cuando se liquidó el ejercicio 2015 con un tipo pago fraccionado del 12%, de ahí el escalón recaudatorio a la baja.