La historia de las cláusulas suelo parece no terminar nunca. Han pasado ya siete años desde que el Tribunal Supremo decretara la nulidad de estas cláusulas, que se incluyeron durante años en los contratos hipotecarios con el objetivo de limitar el interés mínimo que el banco cobraría al cliente por el préstamo, pero el tema sigue protagonizando resoluciones judiciales. La última llegó el jueves por parte de la Justicia europea, que volvió a dar la razón al cliente.

Bien es cierto que la última decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no ha sido tan negativa para la banca como lo fueron las anteriores relativas a las cláusulas suelo. En esta ocasión, la Justicia europea debía dilucidar si eran compatibles con la normativa comunitaria las renegociaciones que algunos bancos y clientes realizaron sobre los contratos hipotecarios una vez que la Justicia determinó que algunas de estas cláusulas podían ser abusivas.

La resolución del TJUE indica que estas renegociaciones (novaciones, en el argot financiero) son válidas siempre que sean fruto de un acuerdo entre el banco y el cliente a nivel individual, y no si la entidad las ha impuesto. Esta decisión es positiva para la banca en el sentido de que no anula directamente estos acuerdos, pero abre la puerta a que los clientes que no pudieron negociarlos demanden en los tribunales españoles.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que las cláusulas suelo renegociadas de hipotecas […]