El Gobierno asume que las ayudas para la rehabilitación de vivienda no están llegando al ritmo esperado a la economía. Aunque confía en que en pocas semanas se produzca un giro radical en estas bonificaciones con cargo a los fondos europeos de recuperación Next Generation. "En estos próximos meses de aquí, prácticamente de aquí al verano, vamos a ver cómo se va a producir un cambio muy sustancial en el número de solicitudes resueltas" por parte de las Comunidades Autónomas, aseveró este miércoles el director de Vivienda y Suelo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Francisco Javier Martín.

El tiempo apremia, porque el plazo para solicitar las ayudas fiscales finaliza el 31 de diciembre de este año para las intervenciones en viviendas particulares, si bien se cuenta con un año más para las reformas de edificios. Tras esa primera remesa de concesiones, "llegará una nueva oleada de solicitudes", vaticinó el alto cargo del ministerio que dirige Raquel Sánchez, tras reconocer que "hay más decalaje de lo que nos gustaría entre la solicitud y la concesión de resolución".

¿Cuáles son los requisitos para beneficiarse de las ayudas que se pagarán con parte de los casi 7.000 millones de euros que destina el Plan de Recuperación a vivienda? "Confiamos en que las deducciones fiscales tuvieran un papel muy protagonista sobre todo en la primera fase. No hemos conseguido trasladar este mensaje", reconoció Martín en la presentación de la Guía sobre desgravaciones fiscales para rehabilitación de viviendas y edificios residenciales que presentaron este miércoles el Consejo Superior de Arquitectos de España y el Consejo General de Economistas de España.

El plan del Gobierno contempla tres nuevas deducciones en el IRPF para rehabilitación de vivienda. Según desgranó Martín, el cálculo inicial del coste de la medida fue de 450 euros, aunque todo dependerá de cómo se desarrollen las peticiones y concesiones.

La primera deducción se aplica a las obras en la vivienda habitual (también alquilada o con expectativa de alquilar) y se requiere una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración. Supone una deducción del 20% de las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023, con un máximo de 5.000 euros al año. Un técnico debe expedir certificados tanto de la situación previa como de la situación posterior a las obras, con una diferencia de menos de 2 años entre ambos informes.

La segunda de las deducciones se puede solicitar si se consigue rebajar un 30% o más el consumo de energía primaria no renovable o cuando se mejore la
calificación energética para obtener una clase A o B. La deducción es del 40%, con un máximo de 7.500 euros anuales. También se necesitan los certificados antes mencionadas. Salvo que el Gobierno que salga de las urnas decida ampliar el plazo, estas ayudas no irán más allá del final de este año.

"Independientemente de la tramitación de la ayuda, la deducción permite avanzar con la rehabilitación, así que no esperemos a activar el proceso de rehabilitación al momento de tener concedida la ayuda. Se puede hacer antes", apremió el alto cargo de Transportes.

La tercera deducción afecta a las obras realizadas por propietarios de viviendas en edificios de uso predominantemente residencial para mejorar la eficiencia energética del edificio. La deducción es del 60% en las cantidades pagadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024. Al igual que la segunda, se debe conseguir una reducción del consumo de energía primaria no renovable de, al menos, un 30%, o mejorar la calificación energética del edificio para obtener una clase A o B. El tope son 5.000 euros año año y un total de 15.000 euros en todo el período. El certificado debe estar expedido antes del 1 de enero de 2025.

"Cada edificio es diferente y requiere de un diagnóstico certero y preciso, hecho por los profesionales adecuados, basado en un análisis exhaustivo que identifique sus necesidades reales y el potencial de mejora", remarcó la presidenta del CSCAE, Marta Vall-llosserae. Para beneficiarse de estas medidas, "no hay que pagar nunca en efectivo", advirtió por su parte Rubén Gimeno, director del Servicio de Estudios del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). Además, uno de los principales problemas es que los usuarios carecen del certificado de eficiencia energética antes de acometer la inversión, por lo que no podrán aplicar el incentivo fiscal, abundó el presidente del CGE, Valentín Pich.

Las tres deducciones antes citadas no son compatibles entre sí respecto de la misma obra. En cambio, sí son compatibles la deducción del 60% por las cantidades invertidas en la rehabilitación de edificios con las deducciones del 20% o del 40% por actuaciones en la vivienda particular, siempre considerando que se trata de obras diferentes. "Cada inversión se deberá justificar con la certificación correspondiente", recalca la guía.

Por otro lado, para beneficiarse del tipo reducido del 10% son necesarios dos requisitos; uno cualitativo y otro cuantitativo. El objeto principal de la intervención debe ser la reconstrucción de la edificación (cuando más del 50% del coste total del proyecto de rehabilitación se corresponda con obras de consolidación o tratamiento de elementos estructurales, fachadas o cubiertas o con obras análogas o conexas a las de rehabilitación). Asimismo, el coste total del proyecto debe exceder del 25% del precio de adquisición o del valor de mercado de la edificación antes de su rehabilitación con exclusión del valor del suelo.

Por ejemplo, especifica el informe, "Si el valor de un edificio es de 1.000.000 euros se deberá dividir dicho importe entre el % que corresponda a edificación y que corresponda a suelo. Imaginemos que la proporción es 80/20 (edificación 80%-suelo 20%), con lo que el valor de la edificación sería de 800.000. Por lo tanto, el coste de las obras tendría que ser superior a 200.000 € (25% de 800.000 €)". Además, la guía detalla cómo se pueden acoger al IVA reducido el proyecto de obras que no pueda calificarse como de rehabilitación.

En España el 55% de las viviendas que conforman el parque edificado se construyó antes de 1980, cuando se aprobó la primera normativa que fijaba unos mínimos de eficiencia energética, es decir, unas 10 millones de viviendas.