La Agencia Tributaria ha dado un paso sin precedentes en su estrategia de control fiscal al eliminar los umbrales mínimos para el análisis de operaciones realizadas a través de Bizum. Según el Real Decreto 253/2025, las entidades financieras estarán obligadas a reportar todas las transacciones realizadas por autónomos y empresas mediante esta plataforma, sin importar su importe.

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Este cambio normativo supone un giro radical en la supervisión de pagos digitales, afectando especialmente a sectores como la hostelería, el comercio y los servicios personales.

Eliminación de umbrales y nuevo modelo de vigilancia

Hasta 2025, los bancos solo informaban a Hacienda de las operaciones de Bizum que superaban los 3.000 euros o, en algunos casos, los 10.000 euros. Sin embargo, la nueva regulación elimina estos límites, exigiendo un reporte mensual detallado que incluirá:

  • Identidad del receptor y número de comercio.
  • Terminales de pago utilizados.
  • Importes totales y cuentas bancarias implicadas.

Este sistema permitirá a la Agencia Tributaria cruzar datos con las declaraciones fiscales de los contribuyentes, identificando discrepancias incluso en operaciones de 53,56 euros de media, cifra que refleja el uso mayoritario de Bizum para pagos cotidianos.

Impacto en autónomos y pymes

El colectivo más afectado será el de los trabajadores autónomos, ya que el 62% utiliza Bizum para cobrar servicios, según estudios sectoriales. El problema radica en que muchos mezclan finanzas personales y profesionales en una misma cuenta, lo que dificulta distinguir entre transacciones privadas y comerciales.

Por ejemplo, un peluquero que recibe pagos por cortes de pelo junto a transferencias de amigos para una cena podría generar alertas en el sistema de Hacienda.

Además, las empresas deberán justificar cada operación como ingreso fiscal, incluso aquellas de bajo monto. Esto implica llevar una contabilidad precisa y separar cuentas bancarias, algo que solo el 38% de las pymes hace actualmente según datos del Ministerio de Economía.

Consecuencias del incumplimiento

La omisión de ingresos obtenidos mediante Bizum podría derivar en sanciones de hasta el 150% del importe no declarado, más intereses de demora. En casos extremos, como la detección de patrones sistemáticos de ocultación, Hacienda podría iniciar procedimientos por delito fiscal.

Un ejemplo ilustrativo: si un restaurante recibe 50 pagos diarios de 20 euros mediante Bizum (1.000 euros/día) y no los declara, acumularía 365.000 euros anuales en economía sumergida, lo que supondría una multa superior a 547.500 euros.

Contexto de digitalización fiscal

Esta medida se enmarca en el Plan Estratégico 2024-2027 de la Agencia Tributaria, que prioriza la trazabilidad de pagos digitales. Solo en 2024, se realizaron 58 millones de operaciones comerciales mediante Bizum, moviendo 3.107 millones de euros.

La capacidad tecnológica de Hacienda para procesar estos datos mediante inteligencia artificial permite detectar anomalías en tiempo récord.

Recomendaciones para contribuyentes

Los expertos fiscales aconsejan:

  1. Separar cuentas bancarias personales y profesionales.
  2. Registrar todas las transacciones en software contable.
  3. Especificar el concepto de cada Bizum comercial.
  4. Declarar ingresos semanal o mensualmente, no anual.

Este nuevo escenario transforma Bizum de herramienta de conveniencia a instrumento fiscal vigilado, donde cada euro cuenta para Hacienda. La transparencia absoluta se convierte en la mejor defensa contra inspecciones.

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