Utilizar cuentas bancarias compartidas entre padres e hijos es una práctica habitual pero que puede suponer un problema con Hacienda. Este organismo ha lanzado una advertencia que establece que esta práctica puede suponer un coste fiscal importante si no se declara. La Dirección General de Tributos ha aclarado que las rentas generadas por estas cuentas deben incluirse en la declaración de la Renta como rendimiento del capital mobiliario a efectos legales.
Hacienda pone el foco en las cuentas conjuntas familiares
Es habitual que los padres incluyan a sus hijos en cuentas bancarias conjuntas ya sea por comodidad o para facilitarles el acceso a fondos. Pero según Hacienda, esta decisión no implica necesariamente que el dinero pase a ser propiedad de los hijos. De hecho si el hijo no demuestra ser el propietario del dinero, no podrá atribuirse legalmente los beneficios obtenidos, y la responsabilidad tributaria recae en los progenitores.
Qué dice Hacienda sobre la titularidad real del dinero
No basta con ser titular en el banco
A pesar de que en los registros de las entidades de crédito figure el nombre del hijo como titular del contrato de apertura de la cuenta, Hacienda subraya que hay que distinguir quién es el verdadero propietario de los fondos. Es decir, no es tan importante quién figura como firmante en el contrato que se mantiene con la entidad de crédito, sino quién ha aportado los fondos. Fundamentalmente, si son los progenitores quienes han realizado la ingesta de dinero, lo serán a efectos de la Agencia Tributaria y no el hijo.
Justificar la procedencia es clave
En estas circunstancias, Hacienda puede solicitar la presentación de pruebas documentales que certifiquen la procedencia de los fondos. En caso de que los padres no tengan los medios para justificar que son ellos los auténticos propietarios del dinero, si el hecho se produjese, el fisco podría considerar que se ha dado una donación oculta, lo que comportaría una vez más consecuencias fiscales para el hijo en cuestión, ya que podría verse en la obligación de tener que pagar el Impuesto sobre las Sucesiones y Donaciones, todo ello en función de la comunidad autónoma de residencia.
Cómo evitar problemas con Hacienda
Declarar correctamente los rendimientos
Para no tener problemas con Hacienda, hay que rendir adecuadamente cuentas respecto a los intereses que produzcan los fondos depositados en las cuentas que se tengan en común con los padres. Pero si los fondos todavía se consideran de los padres, son estos quienes tienen que incluirlos en la declaración de la Renta, que es la única forma que existe para evitar errores y sanciones por hacienda.
Usar otras vías legales de transmisión
Si los padres quieren transferir el dinero a los hijos, siempre deberían hacerlo de forma clara y bien hecha. Esto supone realizar una donación siguiendo lo que dicta la ley, es decir, declarar la operación y, si corresponde, liquidar el impuesto correspondiente; de este modo, se minimiza la probabilidad de que Hacienda crea que se está ante una simulación o un rechazo del riesgo de titularidad.
La recomendación de Hacienda respecto a las cuentas conjuntas entre padres e hijos resalta la necesidad de saber las consecuencias fiscales que estas conductas pueden tener; aunque abrir una cuenta compartida puede parecer algo simple sin mayor importancia, si no se declaran adecuadamente los ingresos puede conllevar un impacto económico nada despreciable. Ante la duda lo más conveniente es recurrir a un asesor tributario y ceñirse siempre a la legalidad.
Hacienda dispone de los mecanismos necesarios para detectar estas actividades bancarias que son muy comunes en la sociedad y que sin embargo, pueden derivar en grandes perjuicios económicos tanto para los padres como para los hijos.
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