La referencia del Consejo de Ministros que se celebró este martes indica que el Ministerio de Hacienda ha tenido que transferir 880 millones de euros al Ministerio de Seguridad Social "para dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 15 de mayo de 2025 relativa a la aplicación del artículo 60 de la Ley General de Seguridad Social".

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Es decir, la transferencia permitirá asumir al ministerio dirigido por Elma Saiz el pago del complemento de las pensiones para la reducción de la brecha de género a los hombres con hijos, después de que el TJUE determinase que el sistema aplicado desde 2021 era discriminatorio, al imponer requisitos adicionales a los varones que no se exigían a las mujeres.

Esta transferencia aprobada por el Gobierno se encuadra en un contexto más amplio de creciente impacto presupuestario derivado de resoluciones judiciales desfavorables hacia el Ejecutivo. En los últimos años, este tipo de sentencias han representado una presión adicional para las cuentas públicas: solo en 2024 se produjo un incremento del déficit por sentencias del 0,9% del PIB, lo que equivale a 11.269 millones de euros. En el caso concreto del complemento por brecha de género, el impacto se ha ido acumulando a medida que los tribunales han ido reconociendo el derecho de los hombres a percibirlo en igualdad de condiciones.

Del complemento de maternidad al de brecha de género: una década de litigios

Para desentrañar el origen del actual conflicto hace falta remontarse hasta hace casi una década. En 2016, el Gobierno del entonces presidente de España, Mariano Rajoy, introdujo el complemento de maternidad en las pensiones contributivas. Esta prestación adicional estaba reservada exclusivamente para las mujeres con dos o más hijos que accedían a una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, con el objetivo de compensar el impacto que había tenido la maternidad a lo largo de sus carreras laborales y, en consecuencia, sobre sus pensiones.

Sin embargo, en diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que este diseño vulneraba el principio de igualdad de trato, al excluir a los hombres en situaciones comparables. Y como ya explicó El Independiente, la justicia europea no cuestionó el objetivo del complemento, sino la forma en que fue articulado: el legislador lo vinculó a la aportación demográfica —a la que también contribuyen los varones— y no a la maternidad biológica.

Tras la sentencia, el Gobierno de Pedro Sánchez sustituyó el complemento de maternidad por el actual complemento para la reducción de la brecha de género en 2021. A diferencia del anterior, el nuevo complemento podía ser percibido tanto por hombres como por mujeres y además extendía el complemento hacia los progenitores que solo tuvieran un hijo. No obstante, establecía un tratamiento diferenciado entre ambos géneros. Mientras que las mujeres podían acceder automáticamente, los hombres debían acreditar que el nacimiento o adopción había supuesto un perjuicio en su carrera profesional.

Esta configuración dio lugar a un nuevo ciclo de litigios, que culminó en noviembre de 2023, cuando el Tribunal Supremo reconoció el derecho de los varones a percibir el complemento en igualdad de condiciones y abrió la puerta a reclamaciones con efectos retroactivos. Pero el conflicto no terminó en este punto, el 15 de mayo de 2025, el TJUE volvió a pronunciarse sobre el modelo español y concluyó que los nuevos requisitos exigidos a los hombres desde 2021 seguían siendo discriminatorios, al no exigirse a las mujeres en situaciones equivalentes.

Por tanto, aquellos hombres a los que se les denegase el complemento a partir de 2021 tienen el derecho de percibirlo con efectos retroactivos. En 2025, el complemento asciende a 35,9 euros mensuales por hijo —hasta un máximo de cuatro— y se abona en 14 pagas. No obstante, a partir de 2026 dejará de aplicarse el incremento adicional del 10% aprobado con carácter temporal para 2024 y 2025, de modo que que su revalorización quedará vinculada exclusivamente al IPC.

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