La campaña de la Declaración de la Renta 2025 se aproxima y muchos beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) se preguntan si deben cumplir con esta obligación fiscal. El IMV está pensado para garantizar un nivel mínimo de ingresos a hogares en situación de vulnerabilidad, pero recibirlo no libera de las responsabilidades fiscales. La Agencia Tributaria recuerda que la declaración no solo sirve para el cálculo de impuestos, sino también como herramienta para verificar que los beneficiarios siguen cumpliendo los requisitos económicos de la prestación.

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Obligación de declarar aunque no se pague impuesto

Aunque la percepción del Ingreso Mínimo Vital no genere impuestos a pagar, la obligación de presentar la declaración persiste. La Declaración de la Renta permite a Hacienda comprobar la situación económica de cada hogar y asegurarse de que la ayuda se mantiene de manera correcta.

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En muchos casos, quienes solo perciben el IMV verán que su declaración "sale a cero": no habrá pagos pendientes ni devoluciones. Sin embargo, presentarla es indispensable, ya que es el mecanismo oficial para mantener la validez de la prestación y evitar posibles sanciones. La Agencia Tributaria insiste en que incluso las ayudas exentas deben ser reflejadas en la declaración, aunque solo sea para registrar la situación económica de manera formal.

¿Quiénes deben presentar la declaración?

No basta con que el titular del IMV presente la declaración: todos los miembros de la unidad de convivencia incluidos en la prestación deben hacerlo, ya sea de manera individual o conjunta. Esto incluye a parejas, hijos y cualquier otra persona que forme parte del hogar y esté incluida en la prestación, según lo establece la normativa vigente.

La razón es sencilla: Hacienda necesita conocer la composición económica completa del hogar para comprobar que se cumplen los criterios del IMV. Presentar la declaración también permite que cualquier ajuste necesario en la cuantía de la prestación se realice de forma correcta y a tiempo.

Casos en los que sí se tributa

Aunque el IMV por sí solo está exento, sí pueden generarse impuestos si se perciben otros ingresos durante el año. Esto incluye salarios, pensiones, alquileres u otras ayudas no exentas. En estos casos, si el total anual supera los 12.600 € (1,5 veces el IPREM), el exceso se incluye en la declaración y tributa como rendimiento del trabajo u otros rendimientos.

Por ejemplo, una familia que recibe el IMV y un pequeño salario adicional debe reflejar ambos ingresos. Si la suma supera el límite establecido, la diferencia se considerará renta gravada y Hacienda aplicará el IRPF correspondiente. Esta medida asegura que quienes tengan capacidad económica adicional contribuyan según la ley, mientras que quienes dependen únicamente del IMV no pagan impuestos.

Consecuencias de no declarar

No presentar la declaración de la renta puede acarrear problemas administrativos graves. Más allá de posibles sanciones leves por parte de la Agencia Tributaria, el riesgo real es el ajuste o pérdida del Ingreso Mínimo Vital en el ejercicio siguiente, al no disponer el INSS de información actualizada para validar la vulnerabilidad económica del hogar.

Además, aunque la declaración salga a cero, no cumplir con esta obligación puede generar requerimientos formales o incluso sanciones leves por incumplimiento. Por ello, es recomendable revisar el borrador de la declaración en Renta Web y presentarlo dentro del plazo establecido.

Cómo presentar la declaración

La Agencia Tributaria ha simplificado el proceso para quienes solo perciben el IMV. El procedimiento comienza consultando los datos fiscales y el borrador en Renta Web, utilizando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. A partir de ahí, basta con confirmar la información y presentar la declaración.

Si existen otros ingresos adicionales, es importante revisarlos y asegurarse de que estén correctamente reflejados en la declaración. El sistema de Renta Web permite hacer ajustes, añadir datos y comprobar que todo está correcto antes de enviar la declaración de manera oficial.

Por tanto, cobrar el Ingreso Mínimo Vital no exime de presentar la Declaración de la Renta. Aunque la prestación sea exenta y el resultado de la declaración salga a cero, cumplir con este trámite es fundamental para mantener la prestación, garantizar su continuidad y evitar problemas con Hacienda.