Más de 172.000 hectáreas calcinadas, seis veces más que las contabilizadas durante el mismo periodo en 2025 (29.817). Los incendios forestales que asolan España han supuesto una pérdida de biodiversidad incalculable, destrozos materiales y más de 117.000 personas evacuadas y confinadas hasta el momento. Muchas de ellas, autónomos que han tenido que paralizar su actividad económica ante las circunstancias climáticas.

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Ante la gravedad de la situación, el Consejo de Ministros de este martes aprobará un real decreto-ley de medidas de apoyo para paliar los efectos de los incendios. Fuentes del Ministerio de Trabajo explicaron este lunes que iba a incluirse en el real decreto-ley una prestación extraordinaria y temporal para los trabajadores por cuenta ajena afectados, financiada íntegramente por el Estado, que planteaba cubrir el 100% del salario y las cotizaciones de los asalariados que no pudiesen acudir a sus puestos por haber sido evacuados o haber perdido su vivienda, y, sin coste para las empresas. Tras este anuncio la gran incógnita recaía sobre el colectivo de trabajadores por cuenta propia, ya que el cese de actividad ordinario presenta trabas burocráticas y requisitos tan estrictos que resulta prácticamente inaccesible para la mayoría.

Pues bien, según el borrador del decreto remitido a los agentes sociales, al que ha tenido acceso El Independiente, el Gobierno finalmente sí incluirá la flexibilización de esta medida a través de un cese de actividad extraordinario que "podrá extenderse hasta el 30 de noviembre de 2026". Un mecanismo que se ha aplicado en emergencias previas como la catástrofe de la DANA o la pandemia de Covid-19 para evitar el desamparo de estos profesionales.

Soy autónomo, ¿qué necesito saber?

El texto del borrador, en su artículo 6, elimina de un plumazo las dos grandes barreras que suelen ahogar a los autónomos en estas situaciones: el papeleo y la falta de cobertura previa.

Por un lado, el documento detalla que los autónomos que "cesen total o parcialmente, de forma definitiva o temporal en su actividad" en los municipios afectados podrán solicitar la prestación "sin que sea necesaria la aportación de documentos que acrediten la existencia de fuerza mayor". Es decir, para que el dinero llegue rápido, la mutua les concederá la prestación de forma provisional con efectos económicos desde el 23 de julio de 2026, y no será hasta el 1 de enero de 2027 cuando la Administración pueda empezar a reclamarles los papeles para verificar su situación.

Por otro lado, el borrador resuelve el gran limbo en el que se encontraban quienes no no tuvieran contratada previamente la protección por cese de actividad (el equivalente al 'paro' de los autónomos). La norma determina que, si no tenías contratada esta cobertura con anterioridad, bastará con que solicites la ayuda directamente a una mutua colaboradora. En ese mismo instante, el sistema entenderá que quedas adherido a esta protección y se te incluirá de forma automática la cobertura de cese de actividad.

Asimismo, el texto flexibiliza el acceso al establecer que se considerará cumplido el requisito del periodo mínimo de cotización con "doce meses comprendidos en los veinticuatro meses inmediatamente anteriores a la situación de cese de actividad", y aclara que el tiempo de percepción de la ayuda "no se computará a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción". No obstante, al tratarse de un borrador de trabajo, la medida queda a expensas de recibir el visto bueno definitivo del Ejecutivo y de que no se produzcan modificaciones de última hora antes de la rueda de prensa del Consejo de Ministros de este martes.

El "paro de los autónomos", un sistema restrictivo

Los autónomos disponen del cese de actividad ordinario, pero el acceso es limitado. Los datos de la Seguridad Social del primer trimestre de 2026 revelan que seis de cada diez trabajadores por cuenta propia ven denegado su derecho al paro: de 3.607 solicitudes presentadas, solo 1.459 resultaron favorables, mientras que el resto (más de 2.100 expedientes) no terminaron en concesión por desestimación, denegación o falta de resolución.

Esto se debe a los exigentes requisitos que deben cumplir los solicitantes. Precisamente para evitar estas limitaciones en situaciones de emergencia, el Gobierno activará ahora el cese de actividad extraordinario. Eduardo Abad, presidente de UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos), explica en declaraciones a El Independiente que "el cese extraordinario se aplica cuando se producen catástrofes meteorológicas o por cualquier tipo de situación extraordinaria". No obstante, Abad aclara que para su puesta en marcha "tiene que haber una declaración previa por parte de la administración que diga que esa zona está afectada", a fin de que se active de forma automática para los autónomos que cumplan los requisitos contemplados en el propio decreto.

Seguridad Social escucha a las organizaciones de autónomos

La inclusión de esta medida en el real decreto-ley responde a que se ha tratado de una de las principales reivindicaciones planteadas por las organizaciones representativas del colectivo en los últimos días. ATA (Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos), UATAE (Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores) y UPTA habían reclamado al Ejecutivo la activación del cese extraordinario para proteger a los profesionales afectados por los incendios.

Desde UATAE defendieron en una nota de prensa difundida este lunes que se protegiese formalmente "a los autónomos afectados por los incendios con el cese de actividad por fuerza mayor", trasladando su apoyo a las personas afectadas que han perdido viviendas, comercios y negocios. En la misma línea, ATA exigía en otro comunicado que, con urgencia, se pusiese en marcha una "prestación por cese de actividad para aquellos autónomos que tras el incendio no puedan seguir realizando su actividad o hayan tenido pérdidas considerables".

Además, la organización liderada por Lorenzo Amor también trasladó a las administraciones otras medidas necesarias para ayudar a los autónomos. Entre ellas: el aplazamiento de las cotizaciones sociales y de los impuestos, la reducción de los módulos para el sector agrícola y ganadero, la concesión de ayudas directas tanto para los autónomos afectados como para aquellos que necesiten volver a poner en marcha actividades que han resultado en siniestro total, y la apertura de líneas de financiación específicas para el colectivo. Sin embargo, para conocer si alguna de ellas se pondrá finalmente en marcha junto al cese de actividad extraordinario se deberá esperar a la publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado) del real decreto-ley que anunciará el Gobierno este martes.