El Tribunal Constitucional ha avalado la ley de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, que borra los delitos relacionados con el procés. La mayoría progresista del tribunal, formada por seis magistrados, ha impuesto su criterio frente al de los cuatro del sector conservador. De este modo, la corte presidida por Cándido Conde-Pumpido da respuesta al recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Popular y concluye que la norma encaja en el marco de la Constitución y no vulnera el ordenamiento jurídico.
El primer borrador de la ponencia, elaborado por la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, defendía que "el legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente", rechazando que la prohibición expresa de los indultos generales —sí contemplada en la Carta Magna— pueda extrapolarse a las amnistías.
No obstante, el Constitucional no se ha pronunciado aún sobre el delito de malversación, una cuestión clave debido a la interpretación que ha hecho el Tribunal Supremo y que, hasta ahora, ha impedido aplicar la amnistía al expresident Carles Puigdemont u Oriol Junqueras. El tribunal no lo hará hasta que los líderes independentistas presenten los correspondientes recursos de amparo.
En cualquier caso, el aval del Constitucional no implica el regreso inmediato de las personas que permanecen huidas de la justicia. La decisión queda ahora en manos del Supremo, que deberá decidir si mantiene o retira las medidas cautelares dictadas contra Puigdemont. Además, el alto tribunal aún tiene una última opción: plantear una segunda cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la aplicación de la ley del perdón.
La ley de amnistía fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 30 de mayo de 2024. Su aprobación fue la condición que exigió Junts para facilitar la reelección de Pedro Sánchez tras las elecciones generales de julio de 2023. La negociación de la norma fue larga y compleja, y el texto definitivo, validado hoy por el Constitucional, sufrió varias modificaciones antes de su aprobación definitiva.
A lo largo de la semana, el Pleno ha deliberado con sólo diez de sus doce magistrados, tras la abstención del progresista Juan Carlos Campo —quien se apartó de todo lo relacionado con la amnistía por haberla tachado de "claramente inconstitucional" cuando era ministro de Justicia— y la recusación del conservador José María Macías, aceptada a petición de la Fiscalía porque, como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), había informado sobre la ley durante su tramitación parlamentaria.
Desde el lunes, en una deliberación estructurada por bloques temáticos, la mayoría progresista ha ido cerrando filas. Primero descartó elevar una cuestión prejudicial al TJUE, después concluyó que la Constitución no prohíbe las leyes de amnistía y, finalmente, ha avalado que la norma es válida para extinguir la responsabilidad penal derivada del procés.
(Noticia en ampliación)
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