La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado la inmediata puesta en libertad de Firass Taghi, cuya entrega había sido solicitada por los Países Bajos. En un auto fechado el 12 de septiembre de 2025 que ha adelantado El Español y al que ha tenido acceso El Independiente, los magistrados estimaron íntegramente el recurso de apelación presentado por la defensa de Taghi contra una resolución del Juzgado Central de Instrucción nº5 que mantenía su prisión provisional. La decisión, que ya es firme y no admite recurso, revoca la medida de prisión y ordena comunicar de forma urgente al juzgado de instancia que proceda a su cumplimiento. Con esta resolución, uno de los narcos más importantes de la Mocro Maffia sale de prisión después de que la policía lo hubiese detenido.
Esta decisión ha conllevado una gran indignación entre las autoridades tanto españolas como holandesas ya que es la segunda vez que un capo sale de prisión por un error judicial. La anterior vez fue la fuga en 2024 de Karim Bouyakhrichan después de que se hubiera puesto en marcha una operación para detenerle por sus amenazas a la princesa de Holanda. Se trata de el mismo abogado en ambos casos, según ha podido saber El Independiente.
El motivo principal de la liberación es el incumplimiento de los plazos legales para ejecutar la entrega a las autoridades neerlandesas. La defensa de Taghi, argumentó que la ley establece un plazo máximo de diez días, prorrogable por otros diez, para materializar la entrega una vez que la decisión es firme. En este caso, la resolución de entrega alcanzó firmeza el 7 de agosto de 2025, pero transcurrido más de un mes, esta no se había producido y no constaba "motivo alguno que impida dicha materialización". El tribunal consideró que los plazos se habían superado "en exceso", lo que obligaba a dejar sin efecto la prisión instrumental, tal como dispone la ley.
Adicionalmente, la defensa había alegado un defecto formal, ya que la decisión de mantener la prisión se comunicó mediante una providencia y no un auto, como exige la ley para decisiones sobre la situación personal de un investigado. Aunque el tribunal reconoció que esto fue una "mera irregularidad formal", desestimó este punto del recurso al considerar que no causó indefensión alguna al reclamado, puesto que pudo recurrir la decisión y conocer los motivos de la misma. No obstante, el argumento central sobre el vencimiento de los plazos fue suficiente para que la Sala acordara la revocación de la prisión y su inmediata puesta en libertad.
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