La Audiencia de Barcelona ha condenado a cuatro años de prisión a un juez en excedencia, considerado autor de un delito continuado de estafa agravada por haber engañado a un matrimonio y a una mujer que invirtieron en total 850.000 euros en una operación financiera "que sabía destinada al fracaso".
Según la sentencia consultada por Europa Press, el condenado (juez en excedencia, abogado en ejercicio y con amplios conocimientos financieros) recomendó en 2017 a un matrimonio amigo invertir 500.000 euros en la empresa Pegasus Markets Ltd. Co., asegurándoles que se trataba de una inversión con riesgo mínimo.
Las víctimas entregaron el dinero en metálico, y el administrador único de la sociedad, actualmente en paradero desconocido, se comprometió a pagar un 4,5% de interés trimestral y devolver el capital íntegro el 1 de mayo de 2018.
El contrato, redactado por el propio juez, fue elaborado cuando este ya "sabía o preveía" (según el tribunal) que sus amigos no recuperarían la inversión.
El acusado repitió el mismo patrón con otra mujer, a quien aconsejó invertir 350.000 euros en la misma empresa, bajo idénticas condiciones. Ella también entregó la cantidad en metálico y recibió la promesa de intereses periódicos y devolución total del capital.
Sin embargo, el matrimonio solo percibió dos pagos trimestrales, equivalentes a 11.250 euros, mientras que la otra víctima recibió únicamente 3.937,50 euros.
El juez los "indujo" a invertir
El tribunal concluye que fue el juez quien los convenció para realizar las inversiones, aprovechándose de la amistad con el matrimonio y de la confianza generada con la otra afectada.
Asimismo, fue él quien redactó los documentos de las operaciones, en los que incluyó información falsa sobre los permisos de la empresa, afirmando que Pegasus Markets Ltd. Co. contaba con todas las licencias necesarias para ejercer su actividad.
Los magistrados sostienen que el acusado sabía que la empresa había perdido sus licencias en Nueva Zelanda, país donde estaba registrada, y que no tenía autorización para operar en España.
Cuando comenzaron los primeros impagos, el juez intentó distraer a las víctimas con promesas y excusas, ocultándoles que, a inicios de 2018, la empresa ya había solicitado el concurso de acreedores.
Voto particular
Durante el juicio, el condenado negó haber actuado de mala fe y señaló al administrador y socio único como el verdadero responsable de haberse quedado con el dinero, incluyendo los 600.000 euros que él mismo asegura haber invertido. También negó haber presionado a los querellantes para participar en la operación.
Sin embargo, el tribunal considera que su comportamiento posterior (como la redacción de nuevos documentos similares a los que entregó a las víctimas o la interposición de una querella contra el administrador) podría formar parte de "una cortina de humo" para preparar su defensa ante una futura acusación.
La sentencia, además de imponerle la devolución del dinero y el pago de las costas, incluye un voto particular. En él, uno de los magistrados expresa que la prueba no descarta por completo "dudas mínimas pero razonables" sobre su culpabilidad y, por ello, defiende su absolución.
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