El juez Leopoldo Puente, instructor del caso Koldo en el Tribunal Supremo, ha decidido que el exministro de Transportes José Luis Ábalos continúe en libertad sin fianza, después de que este miércoles se acogiera a su derecho a no declarar. El magistrado reconoce en su auto que existe un riesgo “cierto” de fuga, aunque no “lo suficientemente intenso” como para decretar su ingreso en prisión provisional.

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Así consta en la resolución a la que ha tenido acceso El Independiente, en la que Puente sostiene que sobre Ábalos “persiste la existencia de indicios de criminalidad” y que el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre su situación patrimonial “incrementa su robustez y existencia”.

Este informe destaca, entre otras cuestiones, que el exministro realizó “significativos ingresos en metálico” en sus cuentas pese a no haber retirado efectivo de ellas durante varios años. Los agentes también detectaron 95.437,33 euros desembolsados por Ábalos sin justificación bancaria, así como algunos pagos en metálico del PSOE al político como compensación de gastos que por el momento no tienen respaldo documental.

En su escrito, el magistrado subraya la existencia de “muy estrechos vínculos” entre los patrimonios de Ábalos y de su antiguo asesor Koldo García, quien asumió con su propio dinero determinados gastos del exministro. Puente analiza en su resolución los tres supuestos que pueden justificar la prisión preventiva. Descarta tanto el riesgo de reiteración delictiva como el de alteración de pruebas, pero aprecia un riesgo “cierto” de fuga, aunque no con la intensidad suficiente para ordenar el encarcelamiento.

“Es verdad que el señor Ábalos Meco ha podido disponer de cantidades importantes de dinero opaco, tal vez en metálico o depositadas en cuentas de terceros que hasta el momento no han sido halladas”, señala Puente, que menciona también “ciertos contactos y vínculos internacionales”. No obstante, añade que ese riesgo ha sido “conjurado” por las medidas cautelares ya vigentes: prohibición de salir del país, retirada del pasaporte y comparecencias quincenales en el juzgado.

El magistrado apunta, no obstante, que ese riesgo de fuga puede ir en aumento “conforme el conjunto de indicios de la posible comisión de graves delitos se robustece y se aproxima la fecha del juicio oral”, lo que podría justificar “medidas cautelares más gravosas en lo porvenir”, tal como sugirió la Fiscalía.

El togado también reprocha a Ábalos que mantenga su acta como diputado: “No es ajeno al natural estupor que produce que una persona frente a la que gravitan tan consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos estrechamente relacionados con el ejercicio de la función pública pueda mantenerse ejerciendo las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso. Se trata, creo, de un buen motivo para la reflexión”.

No obstante, Puente enfatiza que a los miembros del Poder Judicial no les compete la modificación de las normas, sino aplicar las que promulgan los representantes del "pueblo soberano".

El fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, no había solicitado su ingreso en prisión, mientras que ocho de las nueve acusaciones populares —agrupadas bajo la dirección letrada del PP— sí lo reclamaron. Finalmente, el juez ha optado por mantener la situación actual tras la vistilla celebrada este miércoles en el Supremo, en la que Ábalos declinó declarar alegando indefensión por sus discrepancias con el abogado José Aníbal Álvarez, que finalmente le acompañó en el trámite.

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