La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de reclamar los registros de las llamadas de Cristina Álvarez --la asesora en Moncloa de Begoña Gómez-- vinculadas con la Universidad Complutense de Madrid con las empresas patrocinadoras de la cátedra que codirigía la esposa del presidente del Gobierno, o con el empresario Juan Carlos Barrabés, pero ha frenado las relativas a Globalia, Air Europa o el África Center.

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Así consta en un auto, al que ha tenido acceso El Independiente, en el que los magistrados de la Sección Número 23 estiman de forma parcial un recurso que presentó la defensa de Cristina Álvarez contra la decisión del juez de reclamar dichos registros de llamadas y encargar un informe a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

La defensa insistía en que la medida acordada por el instructor carecía de motivación y que se había utilizado de forma "ilícita" el contenido de lo que declaró Álvarez como testigo antes de que acordara su imputación en la causa. En este sentido, subrayaba que no se daban los requisitos para reclamar dichos registros porque respondían a un momento en que Álvarez era "testigo y no investigada al dictarse la resolución".

La Audiencia de Madrid contesta que los registros solicitados por el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid deberán "limitarse" al objeto de la investigación, "con exclusión de lo relativo a Globalia, Air Europa y África Center, por las razones que ya hemos expuesto en otras muchas resoluciones".

Cabe recordar, que la Audiencia Provincial ya advirtió a Peinado de que debía dejar fuera de la causa que dirige contra Begoña Gómez las pesquisas relativas al rescate de la mencionada aerolínea.

En el auto que ha trascendido este viernes, los magistrados mantienen la condición de investigada de Álvarez e insisten --como ya han señalado en ocasiones anteriores-- en que el juez instructor puede acordar las medidas que estime pertinentes para la investigación bajo los principios de especialidad, proporcionalidad, idoneidad, excepcionalidad y necesidad.

En este punto, recuerdan que el número de teléfono sobre el que se concede la medida "se obtuvo en la declaración testifical de Cristina Álvarez" que ya invalidó la propia Audiencia Provincial. Sin embargo, precisan que al tratarse de un número oficial del Palacio de la Moncloa el juez podía haberlo obtenido por otro medio para reclamar el mencionado registro de llamadas.

"(...) Al no ser el único medio a través del cual pudiera lograrse el conocimiento del citado número, consideramos no es motivo por el cual se deba declarar la nulidad del dato obtenido", señala el tribunal.

Además, los magistrados consideran que "la solicitud de identificación de la titularidad de líneas telefónicas contactadas por un dispositivo telefónico es una diligencia de investigación que afecta de forma mínima la intimidad de la persona concernida".

Al margen, cabe recordar que la Audiencia Provincial tiene casi una decena de recursos pendientes relativos a esta causa, entre los que ya se han deliberado pero no ha trascendido aún resolución alguna figura el de la propia imputación a Begoña Gómez del delito de malversación.

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