El juez Juan Carlos Peinado, que investiga a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, ha rechazado todas las peticiones para archivar la causa y ha decidido continuar el procedimiento contra la esposa de Pedro Sánchez, a la que mantiene imputada por la presunta comisión de cinco delitos: tráfico de influencias y corrupción en los negocios privados, apropiación indebida, intrusismo profesional y malversación de fondos.

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Así consta en un auto, al que ha tenido acceso El Independiente. Además, el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha imputado a un nueva empleada de Moncloa, la actual secretaria general de Presidencia, Judith Alexandra González. La ha llamado a declarar el próximo 12 de noviembre. También requiere las agendas de Gómez y de su asesora, Cristina Álvarez, para que las analice la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

El instructor rechaza de este modo las solicitudes de sobreseimiento presentadas tanto por las defensas de los investigados como por la Abogacía del Estado y acuerda continuar la investigación bajo el procedimiento del Tribunal del Jurado. Peinado argumenta que las comparecencias celebradas el 27 de septiembre y el 6 de octubre resultan suficientes para sustentar la decisión, al haberse practicado los trámites esenciales y oídas las partes.

En el auto, Peinado detalla que, pese a la incomparecencia aquellos días de los principales investigados —la propia Gómez y el empresario Juan Carlos Barrabés—, considera que existen elementos que justifican la prosecución de la investigación. Ha dado luz verde a nuevas actuaciones solicitadas por las acusaciones populares, entre ellas la citación de testigos, la aportación de correos electrónicos y la solicitud de documentación oficial a varios organismos públicos.

Para apuntalar la investigación por el delito de malversación de caudales públicos, el juez se apoya en la sentencia del procés, dictada por el magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena: "Lo que viene a enseñarnos el Tribunal Supremo, es que, la deslealtad en la administración de fondos públicos, constituye el eje sobre el que pivota el delito de malversación de fondos públicos, con independencia de que, se cause detrimento o perjuicio económico definido, en destinar fondos públicos para el pago de una persona a la que se le asignan funciones públicas, pero que, además de realizar esas funciones públicas, realiza en su jornada laboral, otras de carácter claramente privado", afirma Peinado.

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