El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha elevado de diez meses a un año y un día de prisión la condena impuesta a dos paparazzi por intentar lucrarse con unas fotografías de la periodista Mariló Montero en topless, tomadas durante unas vacaciones en Bora Bora en 2015 y que nunca llegaron a publicarse.

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La sala ha estimado parcialmente el recurso presentado por la periodista, que había solicitado inicialmente seis años de cárcel para los acusados, y ha decidido posponer a la fase de ejecución de sentencia la determinación de la indemnización que le corresponde, fijada en su reclamación en 265.000 euros.

El tribunal ha confirmado la condena por un delito de revelación de secretos, aunque ha corregido al alza la pena impuesta por la Audiencia de Barcelona en 2024, que la había situado por debajo del mínimo legal tras aplicar la atenuante de dilaciones indebidas. Al mismo tiempo, el TSJC ha desestimado los recursos de los condenados, Gustavo González y Diego Arrabal, que pedían su absolución y a los que se había adherido la Fiscalía, que en su momento no apreció delito en los hechos.

Privacidad vulnerada

La resolución ha ratificado los hechos probados por la Audiencia, que consideró acreditado que Mariló Montero fue víctima de unas fotografías obtenidas de forma furtiva pese a haber planificado sus vacaciones de Semana Santa de 2015 con el propósito expreso de preservar su intimidad. Según la sentencia, la periodista buscó un destino alejado del acoso mediático tras un episodio previo de seguimiento en las islas Maldivas y extremó las precauciones para mantener en secreto su viaje.

Montero se alojó el 29 de marzo de 2015 junto a una amiga en un bungaló de un hotel de Bora Bora con acceso a una playa privada. El tribunal ha dado por probado que ambas permanecieron durante largos periodos en la terraza del alojamiento, convencidas de encontrarse en un ámbito de privacidad propio de su domicilio temporal, vistiendo pijama, bikini y, en el caso de la periodista, también en topless para tomar el sol.

Ilícitas aunque no se vendieran

Aunque no se ha podido determinar con certeza cómo se obtuvieron las imágenes, la Audiencia sostuvo que, por el ángulo y la nitidez, debieron de tomarse con un teleobjetivo desde una embarcación o desde otro bungaló del complejo hotelero. El tribunal no pudo acreditar sin duda que los acusados fueran quienes encargaron la captación de las fotografías, pese a las “fundadas sospechas”, pero sí dio por probado que intentaron venderlas, extremo que ellos mismos reconocieron.

En su resolución, el TSJC ha subrayado que “de la simple observación de las fotografías se deduce su origen ilícito”, al haber sido captadas de forma subrepticia cuando la periodista se encontraba en un lugar remoto y actuaba conforme a una clara expectativa de privacidad propia de la estancia en su domicilio.

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