El juez Juan Carlos Peinado sostiene queBegoña Gómez no solo participó en el desarrollo del software vinculado a la cátedra que dirigía en la Universidad Complutense de Madrid, sino que articuló un sistema para asegurarse su control. En el auto en el que ha concluido la investigación, el magistrado afirma que la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, "no solo se apropió del software", sino que creó un "entramado de registros" para garantizar un "total control" sobre el mismo.

Así, el juez asegura que, cuando Gómez y su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, tuvieron conocimiento de que se estaba tramitando una cesión de derechos del software en favor de la universidad, ambas "cortaron de manera abrupta" toda comunicación con la oficina encargada de ese registro y, de forma paralela, iniciaron los trámites para controlar la propiedad y la posesión del activo de manera privativa.

Según detalla la resolución, ese control no se limitaría al uso del programa, sino que se extendería a su explotación futura. El juez apunta que ese entramado permitiría a Gómez decidir sobre "la futura comercialización, publicidad o cualquier otra acción" relacionada con el software desarrollado en el seno del proyecto académico.

"Dicho activo consistía, esencialmente, en la construcción de una base estructurada de información sobre empresas, susceptible de ser utilizada como soporte para actividades de consultoría, formación, certificación y posicionamiento profesional, articulando así un ecosistema propio en torno a la metodología TSC", razona Peinado. El instructor sitúa este episodio en el marco de la cátedra de Transformación Social Competitiva (TSC), impulsada en la Complutense, y que constituye uno de los ejes de la investigación. A su juicio, el desarrollo del software no fue un elemento accesorio, sino una "pieza central" dentro de una estrategia más amplia.

El juez describe una secuencia que arranca con el registro de la marca TSC, continúa con la participación del empresario Juan Carlos Barrabés en el diseño del proyecto y la creación de la cátedra, y culmina con el desarrollo tecnológico del sistema. A ello se suma el registro del dominio web a nombre de un tercero y su posterior transmisión a Gómez, en lugar de a la propia universidad.

Asimismo, menciona la creación en 2023 de una sociedad mercantil con la misma denominación, así como la integración del software en una web accesible al público, donde incluso se llegaron a emitir informes a partir de los cuestionarios rellenados por usuarios. Todo ello, sin que conste, según Peinado, su registro en los canales oficiales de transferencia de conocimiento de la universidad.

Para el juez, este conjunto de actuaciones apunta a que el proyecto académico pudo servir como base para generar un activo con potencial económico. En esa línea, considera que se habría producido una desviación del software hacia intereses privados, en lugar de quedar bajo el control institucional de la universidad.

Este bloque de hechos se integra en la investigación por presunta apropiación indebida, uno de los cuatro delitos por los que el juez ha acordado procesar a Gómez. No obstante, el magistrado vincula este extremo con el delito de tráfico de influencias, que actúa como eje de toda la causa, al entender que la posición de la investigada habría sido determinante para el desarrollo y evolución del proyecto.

En paralelo, el juez también ha acordado procesar a la asesora de Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, a quien sitúa como una pieza operativa dentro del desarrollo del proyecto. Peinado explica que participó de forma continuada en las gestiones relacionadas con la cátedra y el software, incluyendo el envío de comunicaciones desde el correo institucional del Gobierno.

Para el instructor, esa intervención no se limitó a funciones accesorias, sino que habría supuesto el uso de medios públicos en favor de una iniciativa con derivadas privadas. En este sentido, vincula su actuación con el posible delito de malversación, al considerar que pudo contribuir a desviar recursos de la Administración hacia un proyecto que, según la tesis judicial, terminó generando un activo bajo control particular.

En conjunto, el auto atribuye a Gómez los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida, mientras que a Álvarez la sitúa en la órbita de la malversación por su participación en las gestiones del proyecto. Por su parte, Barrabés también figura como investigado en la causa en relación con la adjudicación de contratos públicos y su implicación en el desarrollo de la cátedra y el software.