Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) y la Unión Progresista de Fiscales (UPF) han expresado este sábado su "honda preocupación" por la decisión del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente el derecho a voto de las personas que obtuvieron la nacionalidad española al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida como 'ley de nietos'. Ambas asociaciones consideran que la medida es desproporcionada porque afecta a un derecho fundamental.

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Las dos organizaciones han difundido un comunicado conjunto en el que, aunque expresan su respeto a la decisión del alto tribunal, respaldan los argumentos de la magistrada María Alicia Millán Herrandis, que formuló un voto particular discrepante frente a la decisión de la Sala.

Jueces y fiscales cuestionan que las medidas cautelares —adoptadas a petición de Vox e Iustitia Europa—, extiendan sus efectos a la instrucción dictada en 2022 por el Ministerio de Justicia para desarrollar la llamada 'ley de nietos'. Recuerdan que ese documento no ha sido impugnado "directa ni indirectamente" en el procedimiento.

Las asociaciones denuncian además que el Supremo suspende el derecho constitucional de sufragio de personas que "son españolas en virtud de actos firmes, dictados por los órganos competentes con arreglo a la normativa vigente", sin que el colectivo afectado haya sido parte en el proceso ni se haya examinado de forma individualizada la situación de cada persona.

Diferencias entre españoles

La resolución del Supremo establece que estas personas no podrán votar mientras no se dicte sentencia, salvo que acrediten ser descendientes de exiliados por motivos políticos. Para JJpD y UPF, esta excepción depende de una certificación que los afectados "no pueden instar", lo que introduce una diferencia de trato entre ciudadanos españoles en función de la vía por la que adquirieron la nacionalidad. A su juicio, esta circunstancia exige "una especial cautela" desde la perspectiva del principio de igualdad.

Pero la principal objeción de las asociaciones se centra en la proporcionalidad de la medida. Argumentan que el riesgo que invoca el Supremo se proyecta sobre procesos electorales futuros y todavía no convocados, mientras que el perjuicio para las personas afectadas por la suspensión del derecho de sufragio es "inmediato y concreto".

"Cuando una medida cautelar limita derechos fundamentales de un número muy elevado de personas, resulta necesario que la ponderación se realice con un rigor especialmente intenso", sostienen.

Las dos asociaciones destacan asimismo que existen posiciones discrepantes dentro del propio procedimiento, también en el seno de la Junta Electoral Central, lo que, a su juicio, evidencia una "controversia interpretativa legítima" que debe resolverse al analizar el fondo del asunto, "con plena contradicción y con todas las garantías".

Piden evitar la confrontación política

JJpD y UPF confían en que el procedimiento —que tiene carácter preferente— se resuelva "con la mayor celeridad posible" y, en todo caso, antes de que pueda convocarse cualquier proceso electoral, en línea con la petición formulada también por el Gobierno.

Las organizaciones reclaman además que las dudas sobre la legalidad de la instrucción del Ministerio de Justicia se diriman por los cauces previstos para ello y piden a las administraciones implicadas que faciliten "información clara y accesible" a las personas afectadas por la suspensión de su derecho a voto.

Por último, llaman a abordar el asunto "con serenidad" y a evitar que tanto el censo electoral como las personas afectadas se conviertan en objeto de "confrontación partidista".

"JJpD y la UPF reafirman su compromiso con la integridad de los procesos electorales y, con igual firmeza, con la garantía efectiva del derecho de sufragio de todas las personas que ostentan la nacionalidad española", concluye el comunicado.