El Consejo de ministros de este martes aprobará el anteproyecto de la llamada inicialmente Ley de Libertad Sexual cuyo contenido preciso aún no se conoce. Pero sí se sabe que la principal modificación legal que va a introducir es la relativa a que las sanciones penales que se establezcan sobre el acoso, el abuso, la agresión o la intimidación, conceptos tipificados hasta ahora en el Código Penal girarán en torno al consentimiento de la mujer de modo que si tal consentimiento no se ha producido el juez deberá tipificar la conducta del varón como agresión sexual.

A falta de conocer con detalle el articulado, esa modificación es adecuada porque hasta ahora la voluntad de la víctima jugaba un papel secundario a la hora de tipificar el delito cometido. Y eso incluye no solo las relaciones dentro de la pareja sino también toda acción destinada a forzar a una mujer a mantener una relación sexual sin su consentimiento aunque parece que el anteproyecto de ley agrava las penas si el agresor es o ha sido pareja de la víctima.

Ya veremos su contenido, el rigor jurídico con el que esté elaborado el texto y las carencias técnicas de que adolezca. Pero, de entrada, hay que aplaudir la iniciativa

En el Gobierno no quieren reconocerlo ahora pero la presentación de esta ley ha sido objeto de enfrentamientos entre varios ministros. En primer lugar porque el ministro de Justicia consideraba, con buen criterio, que la modificación del Código Penal debería haberse abordado en su conjunto y haberse presentado ante la opinión pública como un todo. No hay que olvidar que la reforma del Código Penal requiere de una ley orgánica para cuya aprobación se necesita la mayoría absoluta del Congreso. Pero se ha topado con la obstinación de la ministra de Igualdad que apostaba por la cosa simbólica a la que tan aficionados son en su partido.

Y el símbolo consistía en tener la ley presentada antes del 8 de marzo, día Internacional de la Mujer y día, por lo tanto, de la lucha por la igualdad. Por eso las prisas por tener el texto del anteproyecto antes del día 8. Y por eso también los previsibles fallos, carencias y colisiones con otras leyes que ya están vigentes, lo cual ha provocado numerosas modificaciones de última hora y un buen número de críticas al anteproyecto presentado por la ministra de Igualdad a los equipos de sus compañeros de gabinete, especialmente los de la vicepresidenta Carmen Calvo, el ministro de Justicia Juan Carlos Campo y la ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

Lo comprobaremos hoy mismo, cuando el departamento de Irene Montero distribuya el contenido de su proyecto estrella. Un proyecto que, de momento, no tiene respaldo económico porque el Gobierno sigue viviendo de los Presupuestos de Cristóbal Montoro, el ministro de Hacienda del Partido Popular. Pero, por ejemplo, el texto legal prevé la creación de centros de atención integral (psicológica, social y jurídica) que funcionarán 24 horas al día. E incluye una formación específica a sanitarios, juristas o policías. Y para eso se necesita una dotación económica de la que carece y que, al paso que vamos, va a seguir careciendo hasta 2021.

Así que los prometidos centros integrales tendrán seguramente que esperar al año que viene para ser puestos a punto. Pero, independientemente de las pegas que se le puedan poner a esta ley que apenas está dando los primeros pasos, el esfuerzo por ajustar la legislación a la realidad social de hoy y a las exigencias de las mujeres para que se tipifique adecuadamente lo que es una agresión sexual en su pleno sentido, que no es otro que el de forzar a una mujer a hacer con su cuerpo lo que no desea hacer, es un esfuerzo que debe contar con el apoyo de la generalidad de la opinión pública.

Ya veremos su contenido, el rigor jurídico con el que esté elaborado el texto y las carencias técnicas de que adolezca. Pero, de entrada, hay que aplaudir la iniciativa hasta ver cómo se concreta.

El Consejo de ministros de este martes aprobará el anteproyecto de la llamada inicialmente Ley de Libertad Sexual cuyo contenido preciso aún no se conoce. Pero sí se sabe que la principal modificación legal que va a introducir es la relativa a que las sanciones penales que se establezcan sobre el acoso, el abuso, la agresión o la intimidación, conceptos tipificados hasta ahora en el Código Penal girarán en torno al consentimiento de la mujer de modo que si tal consentimiento no se ha producido el juez deberá tipificar la conducta del varón como agresión sexual.

Contenido Exclusivo para suscriptores

Para poder acceder a este y otros contenidos debes ser suscriptor.

¿Ya estás suscrito? Identifícate aquí