La defensa de Jordi Sánchez ha decidido finalmente no presentar este lunes la demanda con petición de medidas cautelares que tenía prevista ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo, en defensa de su derecho a poder asistir al pleno de investidura. En su lugar, presentará un recurso de apelación ante el Supremo.
Fuentes jurídicas han asegurado a Efe que "por ahora" no se presentará mañana esta petición de cautelares ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). En cambio, la defensa de Sánchez, que ha insistido en que contempla "varios escenarios e instancias", sí presentará recurso de apelación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
De esta forma, Sánchez trata de defender su derecho a acudir al pleno de investidura como presidente de la Generalitat después de la negativa a esta opción por parte del juez del Supremo Pablo Llarena.
Cambio de guion
El presidente del Parlament, Roger Torrent, decidió el viernes aplazar indefinidamente el pleno de investidura, previsto en un principio para mañana, a la espera de que se resolvieran las medidas cautelares que Jordi Sànchez tenía previsto pedir mañana ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo, una opción que ahora se ha pospuesto. Esta cambio de guion probablemente fuerce otro movimiento por parte de Torrent.
La semana pasada, la defensa de Sánchez pidió al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena que pusiera fin a su situación de prisión preventiva y también que le concediera un permiso para acudir al pleno de investidura.
Sin embargo, Llarena denegó a Sànchez, candidato propuesto por JxCat para ser investido president, el permiso para acudir al Parlament al pleno convocado por Torrent y también rechazó que saliera en libertad.
Improbable aplicación de cautelares
Con el ahora frustrado recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la defensa de Jordi Sánchez trataba de forzar la admisión a trámite y la aplicación de medidas cautelares que pudieran contradecir al juez Llarena y permitir la investidura del ex presidente de la ANC.
Sin embargo, la toma de estas medidas es altamente inusual en la dinámica del TEDH, que apenas lo hace en el 7% de los casos, según publicaba este fin de semana La Vanguardia. Este tipo de decisión se toma, según los propios reglamentos del tribunal, "en ámbitos muy limitados, la mayoría atañen a casos de expulsión y extradición". Por norma general, son casos en los que corre peligro la vida del recurrente.
Además, el artículo 35 de la Convención Europea de Derechos Humanos explica entre otras cosas que el tribunal "debe lidiar sólo con la denuncia después de que se haya acudido a todas las instancias nacionales, de acuerdo a las leyes generalmente reconocidas del derecho internacional, y dentro de un período de seis meses desde la fecha en que se tomó la decisión final".
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