En España, la seguridad vial infantil es un tema de suma importancia. Las normativas están diseñadas para proteger a los más pequeños en todo momento. Uno de los puntos que genera frecuentes dudas entre los padres es la posibilidad de llevar a sus bebés en el asiento delantero del vehículo. Por eso, entender las directrices específicas al respecto es crucial. Así se garantiza no solo el cumplimiento de la ley, sino también la máxima protección para el menor durante los trayectos en coche.

La Ley de Tráfico

En España, la normativa de tráfico es clara. Los menores de edad con una estatura igual o inferior a 135 centímetros deben viajar siempre en un Sistema de Retención Infantil (SRI) homologado. Por regla general, deben estar ubicados en los asientos traseros del vehículo. Esta medida busca garantizar su máxima seguridad en caso de impacto.

La ley establece excepciones específicas para que un niño pueda ocupar el asiento del copiloto. Esto es posible si el coche no tiene asientos traseros o si todos los asientos traseros están ocupados por otros menores con sus SRI correspondientes. La excepción también aplica si no es posible instalar todas las sillas necesarias en la parte trasera. Es crucial recordar que, si el bebé viaja en el asiento delantero y su SRI está instalado a contramarcha, es obligatorio desactivar el airbag frontal de esa plaza. Esto previene lesiones graves en caso de accidente.

¿Qué sanciones puede conllevar?

Incumplir la normativa sobre el uso de sistemas de retención infantil (SRI) y la ubicación de los menores en el vehículo no es solo un riesgo para la seguridad. Es también una infracción grave con consecuencias legales en España. No llevar a un menor con el SRI adecuado, o no hacerlo de la forma correcta, se considera una infracción grave según la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Esto implica una multa de 200 euros, que se aplica al conductor del vehículo. Este se aplica independientemente de si es o no el padre o tutor del menor.

Además de la sanción económica, esta infracción conlleva la sustracción de 4 puntos del permiso de conducir del infractor. Es importante destacar que la Guardia Civil o la policía local pueden inmovilizar el vehículo si detectan que el menor no viaja con el SRI homologado y correctamente instalado. Esta medida se toma para garantizar la seguridad del niño. Así se evita que el viaje continúe en condiciones peligrosas.

La DGT "no lo tiene claro"

El director general de Tráfico, Pere Navarro, no tiene un "criterio claro" sobre la posibilidad de permitir que los niños viajen en el asiento del copiloto. Esta medida busca evitar que sean olvidados dentro del vehículo y puedan sufrir un golpe de calor.

Aunque Pere Navarro, máximo responsable del organismo, reconoce que no es un "problema generalizado", lo considera suficientemente serio como para exigir una mayor concienciación. Sin embargo, en cuanto a la necesidad de una "estrategia" o un criterio claro sobre soluciones específicas, Navarro ha admitido: "no tengo un criterio claro ahora".

Fuentes internas de la DGT, consultadas por Europa Press, refuerzan esta postura, indicando que el tema del olvido de menores trasciende la esfera tradicional de la seguridad vial. Se adentra en el ámbito de la "sociedad en su conjunto". Esto implica que, para la DGT, la solución podría no recaer únicamente en regulaciones de tráfico o tecnologías obligatorias en los vehículos. Más bien, se percibe como un desafío que requiere la implicación de expertos en seguridad vial infantil para estudiar alternativas. Sin embargo, el enfoque podría ir más allá de las competencias habituales de tráfico, orientándose hacia la sensibilización pública y la educación.