La celebración de una boda no solo implica un desembolso económico significativo —con un coste medio en España de 24.618 euros según datos de 2025—, sino también obligaciones fiscales que muchos novios pasan por alto.
Hacienda considera los regalos monetarios recibidos durante el enlace como donaciones, sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, tal como establece la Ley 29/1987.
Este tributo grava las adquisiciones patrimoniales gratuitas, independientemente de su forma (efectivo, transferencia o bienes en especie), y su incumplimiento puede acarrear sanciones económicas.
Obligación legal de declarar los regalos
Cualquier cantidad recibida como regalo de boda, ya sea en efectivo, transferencia o mediante cheques, debe declararse ante la Agencia Tributaria.
Los bancos están obligados a informar a Hacienda de movimientos superiores a 3.000 euros o que involucren billetes de 500 euros, lo que activa mecanismos de control automáticos.
Aunque el umbral de atención suele situarse en esta cifra, la ley no establece un mínimo exento: teóricamente, incluso cantidades menores deben declararse.
El proceso se realiza mediante el modelo 651, que debe presentarse en un plazo de seis meses desde la recepción del regalo.
En este formulario se detalla el valor del obsequio, la relación entre donante y receptor, y se aplican reducciones según el parentesco y la normativa autonómica.
Por ejemplo, comunidades como Madrid o Andalucía ofrecen bonificaciones que pueden reducir la carga fiscal.
Consecuencias de omitir la declaración
No declarar estos regalos implica riesgos considerables. Hacienda dispone de hasta cuatro años para revisar incrementos patrimoniales no justificados.
Las sanciones oscilan entre el 50% y el 150% del valor no declarado, dependiendo de si la infracción se clasifica como leve, grave o muy grave.
Además, en casos de bienes en especie (como joyas o electrodomésticos), la Agencia Tributaria puede exigir el pago retroactivo del impuesto más intereses.
Es crucial destacar que las transferencias bancarias facilitan la trazabilidad, mientras que el efectivo plantea mayores riesgos debido a las restricciones contra el fraude.
Por ello, expertos recomiendan crear una cuenta conjunta para centralizar los regalos y mantener registros detallados.
Recomendaciones prácticas
- Documentar todos los regalos, incluyendo facturas de bienes en especie y comprobantes de transferencias.
- Consultar normativas autonómicas, ya que regiones como La Rioja o Murcia aplican bonificaciones que reducen la base imponible.
- Asesorarse con un profesional para optimizar la declaración y aprovechar exenciones legales, especialmente en casos de parentesco cercano.
En un contexto donde el 75% de las parejas recibe dinero como regalo, la transparencia fiscal evita problemas futuros. Cumplir con estas obligaciones no solo garantiza la tranquilidad de los recién casados, sino que refuerza la seguridad jurídica en un momento tan relevante como el inicio de la vida en común.
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