El contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha atendido a los recursos de las patronales catalanas de salas de cine y de gimnasios contra el decreto de cierre de estos centros aprobado por la Generalitat el pasado 17 de julio. El tribunal no ha suspendido, sin embargo, la decisión de cierre de discotecas y locales de ocio nocturno.
La suspensión de la prohibición está está condicionada al cumplimiento del protocolo sanitario y a las medidas establecidas por el Procicat. En el caso de los recursos presentados por la Federación Catalana de Ocio Nocturno y la Federación Catalana de asociaciones de actividades de restauración musicales, el TSJC admite los recursos pero no suspende el cierre, y da de plazo hasta este viernes para que la Generalitat presente alegaciones.
Rebrote en Barcelona
El Procicat acordó el cierre de cines y gimnasios, además de teatros y demás centros culturales, y de ocio nocturno en Barcelona y su área metropolitano el pasado viernes 17, tras los rebrotes registrados en Hospitalet y la capital catalana. Pero la medida fue rápidamente respondida por los afectados, recordando que no se ha producido ningún brote de Covid-19 en sus centros.
La Generalitat acordó entonces relajar el cierre de actividades culturales, habilitando excepciones que han permitido mantener el Festival Grec o algunos conciertos, aunque con un aforo muy reducido. Pero se mantuvo el cierre de cines y gimnasios. Ahora, el TSJC da la razón a estos negocios y acuerda la suspensión del cierre.
La resolución afectaba a los cines, gimnasios y centros deportivos de Barcelona, Viladecans, el Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, l'Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs y Badalona (Barcelona), ha informado el TSJC.
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