Los despachos de abogados llevan meses preparándose para repartirse la tarta de las reclamaciones por el pago indebido de la plusvalía municipal. Comenzaron en el mes de marzo, cuando el Tribunal Constitucional emitió una primera sentencia en la que anulaba el pago del impuesto cuando la venta del inmueble se hubiera cerrado con pérdidas. Sin embargo, con el último fallo del mismo tribunal, que extiende este criterio a toda España, la maquinaria de los bufetes se ha puesto definitivamente en marcha. En juego están alrededor de 2.500 millones de euros en potenciales devoluciones --el equivalente a la recaudación del año 2016--, a los que habría que añadir unos intereses que nadie puede determinar. Por delante, un periplo que puede durar más de un año.

Tras la plusvalía municipal se encuentra el llamado impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, que grava el supuesto aumento del precio del suelo, hasta un periodo máximo de tenencia de 20 años, en el momento de la transmisión del bien. El problema es que en muchos casos a la hora de liquidar el impuesto solo se tiene en cuenta la evolución del valor catastral del inmueble, que puede incrementarse mientras que la fluctuaciones del mercado presionan a la baja su precio. Eso ha llevado a muchos vendedores a tener que pagar el impuesto ante una supuesta revalorización que no ha sido realmente así, porque la crisis desplomó el precio de las viviendas en muchas localidades.

Estos vendedores pueden reclamar la devolución del impuesto, aunque no todos por igual. En el caso de que hicieran personalmente la autoliquidación, podrán pedir la devolución hasta cuatro años después del pago, mientras que si pagaron mediante giro del ayuntamiento correspondiente, solo se puede reclamar durante un mes.

Con estas salvedades, todos los bufetes de abogados dan por buena la estimación de posibles reclamaciones realizada por Tinsa, que ha identificado hasta 550.000 inmuebles por los que se podrían haber pagado el impuesto pese a haberse transaccionado en pérdidas. A partir de esta cifra, desde Arriaga Abogados estiman que los vendedores que reclamen podrán recuperar de media entre 2.500 y 3.200 euros más intereses --del 4% por cada año--. Esto arroja un resultado de unos 2.460 millones de euros aplicando únicamente los intereses de un año. En la misma línea, desde reclamador.es estiman que, en total, la cantidad media a recuperar será de 4.500 euros, lo que suma también 2.475 millones de euros.

Los ayuntamientos, los pagadores de la plusvalía

Esos alrededor de 2.475 millones de euros es la cifra que a priori podrían tener que devolver los ayuntamientos, sobre los que recae la gestión tributaria de la plusvalía municipal. No obstante, las fuentes consultadas señalan que, en ocasiones, las entidades locales delegan dicha gestión a las diputaciones provinciales.

Es por esto que el camino para aquellos que decidan reclamar se presume largo. Una vez presentados los documentos necesarios (escritura de compra, justificante de liquidación y pago del impuesto, entre otros), los bufetes cuentan con que los ayuntamientos, sobre todo aquellos para los que la plusvalía municipal es su principal fuente de ingresos, optarán por agotar la vía administrativa para aplazar cualquier devolución.

Muchos ayuntamientos se resistirán a devolver parte de sus ingresos

Si la reclamación no prospera por esta vía, el siguiente paso es un recurso ante el Tribunal Económico Administrativo Municipal y después, entrar en la vía del recurso contencioso-administrativo. Nada más y nada menos que un periplo de al menos un año de duración.

Los bufetes están preparados

Según el socio director del Bufete Rosales, José Baltasar Plaza, los despachos llevan tiempo preparándose para repartirse el pastel, como ha ocurrido en casos como las preferentes o las cláusulas suelo. No obstante, descarta que en este caso todo vaya a terminar en un proceso ordenado de devoluciones. Será una guerra de guerrilla, puesto que, según dice, "se trabajará caso por caso".

Esto, tal y como confirma el director jurídico de Arriaga, Francisco García, hace que la rentabilidad para los despachos se prevea limitada. La práctica habitual es que cobren por éxito, es decir, que se lleven la parte que designe el juez en concepto de pago de costas solo en el caso de que la reclamación sea atendida. No obstante, se trata de procesos en los que todos quieren estar puesto que suponen un intangible muy valorado en sus porfolios.

En reclamador.es, su director legal, Ramiro Salamanca, anticipa que en sus oficinas ya se están moviendo el 20% de las reclamaciones recibidas. El proceso ya no tiene marcha atrás después de la sentencia del Tribunal Constitucional. Lo resumen Plaza: "Esto ya está en marcha"