En virtud del Real Decreto 1/2017, del 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, el Gobierno dio tres meses de plazo a los bancos para llegar a acuerdos con los clientes afectados por estos límites a la caída del euribor, a partir de la fecha en la que se cursase la reclamación.
Los tres meses comenzaron a expirar a finales de abril, fecha a partir de la cual se ha desencadenado una oleada de respuestas por parte de la banca, muchas de éstas, rechazando la devolución de las cantidades cobradas de más por el efecto de los suelos en los préstamos.
Las razones que esgrime la banca para librarse de desembolsar los importes reclamados por sus clientes son variopintas. Muchas entidades, entre las que se encuentran Sabadell, CaixaBank o Popular, defienden la legalidad de sus cláusulas, considerando que cumplen con los criterios de transparencia exigidos. Si el cliente no está conforme, deberá acudir a los tribunales para que éstos juzguen si son o no legítimas.
Otras entidades se acogen a la sentencia del Tribunal Europeo, que protege a los consumidores, dejando fuera del espectro, en términos generales, a autónomos, empresarios y pymes. Por tanto, rechazan devolver el dinero cobrado por el efecto de estas cláusulas, si el préstamo no se destinó a comprar un inmueble con uso residencial, sino ligado a fines profesionales. En este sentido, CaixaBank, entre otras, está poniendo pegas al reintegro cuando el préstamo se utilizó para la compra de segundas residencias.
Otras entidades, como BBVA, Cajamar, Abanca y Caja España Duero, están emitiendo respuestas susceptibles de ser cuestionadas y que no convencen a los bufetes de abogados especializados en fraudes financieros, que animan a los afectados a iniciar procesos judiciales.
El proceder del grupo que preside Francisco González, que eliminó a todos sus clientes particulares la cláusula suelo en mayo de 2013, es llamativo. Está rechazando sistemáticamente la solicitud de todos los usuarios que, a lo largo de la vida del préstamo, realizaron una novación -cambio en las condiciones del contrato- para modificar el plazo, el periodo de carencia, el tipo de interés por bonificaciones e, incluso, el cambio de pesetas a euros.
BBVA remite una carta tipo a los clientes en la que no discrimina si el motivo de la negativa a reintegrar el dinero es que hubo novación o renegociación.
Hemos observado que la aplicación de dicho suelo fue el resultado de un acuerdo individualizado de refinanciación o novación. Dicho acuerdo fue alcanzado después de un proceso de negociación en el cual Vd. decidió modificar su préstamo hipotecario de acuerdo con una serie de condiciones que le resultaban más beneficiosas, señala la misiva.
Es razonable pensar que Vd. tuvo que valorar detenidamente, antes de llevar a cabo la refinanciación o novación de su préstamo hipotecario, tanto el funcionamiento y efectos de la cláusula suelo objeto de la reclamación, como el resto de condiciones económicas acordadas. Al haber existido esa negociación individualizada, entendemos que su caso contó con la transparencia necesaria para entender el funcionamiento de lo que firmaba, por lo que lamentamos informarle de que no podemos estimar su solicitud, añade.
Las bonificaciones temporales salen caras
Entre los afectados que tendrán que pelear la devolución de su dinero en los tribunales, figuran los que novaron su préstamo porque durante seis meses se les ofreció una bonificación del 0,5% sobre el diferencial. En algunos casos, esta mejora temporal ni siquiera fue solicitada por el cliente, sino ofrecida proactivamente por los comerciales de la oficina para compensar al cliente por algún agravio o para evitar que subrogasen su hipoteca con otra entidad que mejoraba las condiciones del crédito.
Jesús María Ruiz de Arriaga, fundador del bufete Arriaga Asociados, una de las firmas más activas en los tribunales por fraudes financieros, asegura que "una novación no cambia el derecho a reclamar por las cláusulas suelo, ya que una cláusula considerada abusiva lo es siempre, independientemente de que se hayan cambiado algunas condiciones del préstamo". Ruiz considera que "con este pretexto, BBVA está rechazando en torno a la mitad de las reclamaciones".
Cajamar, por su parte, niega la devolución a algunos clientes porque dados "sus conocimientos y cualificación profesional, usted tenía claro conocimiento y comprensibilidad real sobre el significado de la cláusula suelo y sus efectos". En un caso del que ha tenido conocimiento este medio, el hipotecado no era economista, registrador o notario, sino informático.
Entretanto, Abanca está llamando por teléfono a sus clientes para ofrecerles verbalmente una cuantía con la que zanjar el tema de cláusulas suelo. El importe que pone sobre la mesa, según algunos afectados, dista de la cifra real que les correspondería.
Caja Duero España está ofreciendo a quienes quienes reclaman, por un lado, eliminar la cláusula suelo que todavía les penaliza, y diversas condiciones que varían en función del cliente. A algunos les ofrece un tipo de interés fijo del 1,70%; a otros, reducir el diferencial un 0,20%; y a otros, una opción mixta que consiste en fijar el precio de la hipoteca en 2,5% hasta 2018 y, a partir de esa fecha, da a elegir entre euribor más 2,45% o un fijo del 2,85% durante el resto de la vida del préstamo.
Para Arriaga, "ofrecer verbalmente el dinero es una irregularidad que no contempla el Real Decreto, al igual que lo es que la entidad pretenda cambiar las condiciones del crédito, en lugar de devolver el dinero cobrado de más". El abogado advierte de que muchas entidades están alegando que no cabe reclamar porque el préstamo ya se amortizó. Sin embargo, asegura que aunque la hipoteca haya vencido hace años, los usuarios tienen los mismos derechos a recuperar lo que pagaron en exceso por el efecto de las cláusulas abusivas.
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