La cooperativa Fidelis Factu S.Coop, conocida como Factoo.es, sigue ofreciendo sus servicios después de que el Ministerio de Empleo comunicara que ha resuelto descalificarla por infracción, a la vista del informe emitido por la Unidad Especializada en el Área de Seguridad Social de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valencia.

La cooperativa se acoge al artículo 116 de la Ley de Cooperativas, que en uno de sus apartados indica que “la resolución administrativa de descalificación será revisable en vía judicial y, si se recurriera, no será ejecutiva mientras no recaiga sentencia firme”.

En este sentido, tal y como ha trasladado a este periódico y ha comunicado también a sus socios a través de su página web, “cabe recurso por la vía administrativa” y “tiene todas las vías legales abiertas para recurrir la decisión del ministerio”. De hecho, desde  Factus Fidelis señalan que "aún está abierto el plazo de recurso y la maquinaria ya están en marcha”, por lo que, en estos momentos, “no se puede confirmar ningún fraude”.

La actividad que lleva a cabo, explica la cooperativa, no consiste en facturar en nombre de trabajadores por cuenta propia que no se dan de alta en la Seguridad Social, sino facilitar a trabajadores conocidos habitualmente como freelance y a otros con empleos intermitentes, trabajar sin tener que realizar declaraciones de IVA e IRPF cada trimestre, como los autónomos. Les da de alta en el Régimen General en condición de asalariados, lo que permite la cotización por días alternos, y factura a su cliente.

La cooperativa ofrece la tramitación de alta en el Régimen General de la Seguridad Social

Para ello, el socio hace un pago único de 30 euros, reembolsables si se desiste, siempre que se hayan realizado 10 facturas o acumulado 1500 euros de facturación. De lo contrario, se devuelven 10 euros. A cambio, el profesional se despreocupa de los trámites administrativos y burocráticos, entre los que se incluyen altas en la Seguridad Social, pagos trimestrales o seguros laborales.

La cooperativa ofrece diferentes planes. Entre otros, un Plan Estándar con una comisión del 4% más un coste de un euro por la tramitación de altas y bajas en la Seguridad Social. Un Plan especial, con todo incluido y una comisión del 7% sobre el coste de la factura; y un Plan para estudiantes pensado para menores de 24 años, con una comisión del 3% más un euro por trámites con la Seguridad Social.

Las liquidaciones se efectúan en un plazo máximo de 3 días hábiles desde la recepción del pago de la factura Proforma. Otros de los servicios que ofrece Factoo son seguros de responsabilidad civil, mutua de accidentes y certificados de riesgos laborales, así como asesoría legal y laboral, etc.

Al tratarse de socios, la cooperativa afirma que estos “mantienen una relación societaria con la cooperativa, y a todos les cursa la pertinente alta en la Seguridad Social y se les tributa en Hacienda por los servicios prestados”. En esta relación, la cooperativa adelanta el coste de las cotizaciones de sus socios trabajadores, que son descontadas de sus pertinentes liquidaciones cuando se produce el abono de las facturas pertenecientes a sus trabajos.

En este sentido, la finalidad de estos servicios sería facilitar a los socios, que insiste la cooperativa en que son freelance o trabajadores esporádicos y “que no son autónomos”, el desarrollo de su actividad de forma “legal y segura, con las garantías, prestaciones sociales y coberturas necesarias, en condiciones dignas y no con la precariedad y clandestinidad que en la mayoría de los casos se viene desarrollando”.

El alta se da en el Régimen General

De hecho, la información que aporta Factoo en su página web indica que el alta en la Seguridad Social se da en Régimen General, en una situación “asimilada a la de un trabajador por cuenta ajena, siendo tenida en cuenta la cotización para jubilación y prestaciones por desempleo”.

Al respecto, el comunicado de Empleo hablaba, en cambio, de que “los simulados socios trabajadores son, en general, profesionales trabajadores por cuenta propia dedicados a cualquier actividad, que actúan en el tráfico mercantil, por lo que se ven en la necesidad de emitir factura a sus clientes, y correlativamente, cumplir con las obligaciones fiscales y en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo (RETA)”.

Otro de los argumentos expresados por Empleo era que Fidelis Factu “no realiza actividad cooperativizada alguna”, mientras que la cooperativa señala que “los socios son, al mismo tiempo, trabajadores”, que “afrontan la solución conjunta de necesidades, cargas, formación u obligaciones laborales o administrativas que sean susceptibles de gestión compartida”.

Otra conducta irregular a la que alude Empleo se refiere a que en los dos años que lleva activa Factoo “ha tenido en alta a más de 5.000 afiliados distintos”. “Cada uno de los socios trabajadores se mantiene en alta durante escasos días, lo que supone una vinculación anómala. Los socios trabajadores de una cooperativa de trabajo asociado deben incorporarse en la prestación de trabajo a la misma con carácter, en principio, indefinido”, añade el Ministerio.

Por su parte, Fidelis Factu afirma que los socios, la masa social de Factoo, "es estable y hay muy pocas bajas", por lo que nuestros asociados están en la cooperativa de forma continua, "interactuando constantemente para desarrollarse profesionalmente dentro de la legalidad”.