La Comunidad de Madrid no dará amparo a los defensores de revertir la venta de viviendas de protección oficial y de protección pública (VPO) a fondos buitre, operación que se dio en el ayuntamiento con Ana Botella y en la comunidad durante la etapa de Ignacio González. Y no por decisión de la presidenta Cristina Cifuentes: la Comisión Jurídica Asesora de la región desaconseja anular la venta con retroactividad en un informe de 59 páginas y de lenguaje abrumadoramente jurídico.

Cifuentes ya aprobó una disposición adicional a la ley de vivienda regional a finales de 2015 por la cual el Ivima (Instituto de la Vivienda de Madrid) tiene prohibido privatizar vivienda pública. Contó con los votos de PSOE y Podemos. A finales de 2013 la EMVS vendió 1.860 viviendas protegidas a fondos buitre como Fidere-Blackstone, mientras que por las mismas fechas el Ivima adjudicó casi 2.935 hogares públicos a Goldman Sachs-Azora.

La comisión asesora, que aprobó su dictamen el 20 de julio aunque éste no ha visto todavía la luz, asegura que estas ventas, a pesar de reconocer el controvertido contexto en que se produjeron, se ajustaron al derecho al ser conformes a la normativa regional sobre Vivienda aprobada en 2013; concretamente al artículo 18 sobre "Transmisión de promoción de Viviendas con Protección Pública para arrendamiento a terceros".

La retroactividad podría suscitar "iniquidades que a buen seguro se hubieran querido reparar". También podría vulnerar "la libertad de empresa". "No se alcanza a comprender qué razón puede haber para salvar la situación de los inquilinos cuyas viviendas fueron enajenadas a sociedades o fondos de inversión inmobiliaria, y dejar en posible desamparo a los inquilinos cuyas viviendas fueran enajenadas a otro tipo de entidades".

La retroactividad habría suscitado "iniquidades" y podría vulnerar la libertad de empresa

Lo que viene a decir la comisión jurídica es que la venta de VPO entre particulares estaba igualmente permitida -con la llegada de Cifuentes y Carmena se ha retirado la opción de compra para permitir solo vivienda social en régimen de alquiler-; por tanto, sancionar la venta de promociones a fondos buitre sin por ello abordar cualquier otra transacción privada que afectara a inquilinos de la EMVS o el Ivima -se cuentan por miles- sería discriminatorio.

El informe alude a la enmienda aprobada en la asamblea, que recoge la "opción de compra" extendida "ad litteram legem a las viviendas enajenadas a sociedades y fondos de inversión inmobiliaria". E incide en que la nueva norma sea revisada "en el contexto en el que se dictó la Ley 9/2015 del 28 de diciembre, en que predominaba la alarma social frente a posibles abusos sobre los arrendatarios", explica la Comisión Asesora Jurídica.

La comisión jurídica cree que revertir la situación podría "discriminar" a fondos frente a particulares

"Esta desconfianza del legislador se ha cernido sobre las sociedades y fondos de inversión inmobiliaria, excluidos con la nueva legislación de un sector en el que anteriormente se les permitía actuar reconociéndolo así de un modo expreso la norma reglamentaria". Sin embargo, "la aplicación del precepto tal como ha sido concebido produciría nuevas iniquidades que a buen seguro se hubieran querido evitar de haberse reparado en que dicho resultado se podía producir", reza uno de los párrafos.

El cambio legislativo "podría incurrir en vulneración del principio de libertad de empresa, ir más allá de los límites en que está permitida la
retroactividad de las normas", prosigue el informe. "O incluso afectar a las competencias estatales en materia de legislación civil en cuanto que incide sobre la regulación del derecho de propiedad".

El documento destaca la "complejidad de la cuestión, especialmente por lo que se refiere a la alegada vulneración de la libertad de empresa o a la retroactividad excesiva de la disposición". "Parece que se quiere entender que, al limitar la posibilidad de enajenación de las promociones de viviendas de protección oficial a determinadas personas jurídicas [fondos buitre, por ejemplo, antes que transacciones entre particulares], se infringe sin más el derecho a la libertad de empresa". La comisión asesora de la Comunidad habla literalmente de "discriminación". Pero evita posicionarse sobre si la reversión de la venta de VPO a fondos es anticonstitucional o no.