El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado un inesperado capotazo a la huelga de mañana miércoles 8 de noviembre convocada por centrales minoritarias como Intersindical-CSC, y sin el apoyo de los grandes sindicatos. "La Sección Segunda de la Sala Contenciosa administrativa del TSJ de Cataluña ha resuelto inadmitir el recurso de protección jurisdiccional presentado por Foment del Treball Nacional en relación a la convocatoria de huelga realizada por el sindicato minoritario Intersindical-CSC", reza una nota de prensa del Poder Judicial.

El rechazo a este recurso de la patronal catalana Foment se produce "al plantearse una cuestión propia del orden jurisdiccional Social", dice el TSJ, recordando que Foment del Treball ha presentado un recurso ante el tribunal Contencioso Administrativo en lugar de hacerlo en la Sala de lo Social del alto tribunal catalán.

"El recurso que se nos plantea, encuentra acomodo en el presente apartado al tratarse de una controversia entre una asociación empresarial y un sindicato sobre una cuestión propia de la rama social del derecho", valora en su auto el TSJC. Es decir, el recurso de Foment tiene al menos un potente defecto de forma al dirigirse al órgano no correspondiente del TSJC.

Foment acude a la Sala de lo Social

"No se nos plantea un recurso de tutela del derecho de libertad sindical o de huelga (...)  sino que plantea una situación de conflicto colectivo que debe
resolver la jurisdicción social, única competente para examinar cuestiones como la planteada, tal y como indica numerosa jurisprudencia de la Sala Social del Tribunal Supremo", dice la resolución. "En tal sentido, ninguna de las Sentencias citadas en el Auto de la Sala Social resulta aplicable al caso que nos ocupa".

Según Efe, la patronal Foment del Treball ya habría presentado la demanda en la sala de lo social, que incluye también la petición de medidas cautelares para que no se permita la huelga prevista para mañana considerar que su motivación es política y no económica ni laboral.