Una resolución de finales de 2017 y notificada recientemente por el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid (TEAMM), el órgano encargado de resolver casos de conflictos tributarios entre particulares y el ayuntamiento madrileño, ha puesto fin a un calvario de 12 años para una familia de propietarios de terrenos en el Distrito de Barajas, perteneciente a Madrid capital. Por el camino ha habido, entre otras cuestiones, múltiples irregularidades por parte de dos inspectoras, abuso de poder, fechas cambiadas e inspecciones realizadas fuera del marco legal, de acuerdo con la propia resolución del tribunal.

Todo empezó a comienzos de 2006: los dueños de suelo en Barajas destinaron sus terrenos a la construcción de viviendas de protección oficial VPO, razón por la cual tenían que asumir el pago del ICIO, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Uno de tantos tributos que viene a suponer el 4% del coste real y efectivo de la obra y que se acomete en dos tramos: el provisional, al inicio de las obras, y el definitivo, al concluirlas; en el caso del proyecto aludido, ese porcentaje implicaba abonar 375.000 euros (el coste de la obra total rondaba los 10 millones de euros).

La familia se olvidó de aplicar el 90% de bonificación al abonar el ICIO

El pago de esa cantidad correspondiente con la liquidación provisional lo asumieron los propietarios el 8 de enero de 2006. Y poco después se percataron de un terrible error: como lo que se iba a construir en su suelo eran VPO, el ICIO contaba con una bonificación del 90% que la familia se olvidó de descontar. Así arranca un proceso tortuoso en el que a lo largo de más de un decenio los dueños del suelo persiguieron recuperar la cantidad que habían tributado de más, una cantidad que supera los 300.000 euros. Un proceso marcado por la inseguridad jurídica.

Inseguridad jurídica

La familia de Barajas solicita la devolución el 15 de enero de 2007, pasado un año de la autoliquidación. La construcción de las viviendas de protección pública, a cargo de Ferrovial Agromán, no se inicia hasta julio de 2007. Y la normativa subraya que "para gozar de las bonificaciones será necesario que se solicite por el sujeto pasivo, por lo que deberá efectuarse antes del transcurso de un mes desde el inicio de las construcciones, instalaciones u obras". La burocracia va muy lenta y no es hasta octubre de 2008 cuando dos inspectoras del Ayuntamiento de Madrid inician la revisión del caso. Ésta no se cerrará hasta junio de 2013 y fallará en contra de los propietarios, que recurrirán a continuación.

La inspección solo puede durar un año, pero se alarga de 2008 a 2013

El primer conflicto de la inspección radica en el inicio de las obras: las inspectoras insisten en que la construcción de las VPO arranca el 3 de agosto de 2006, lo que viene a decir que no ha lugar a la bonificación del 90%. "En resumen", destaca la resolución del Tribunal Económico-Administrativo TEAMM, "la administración considera que las obras se iniciaron en agosto de 2006 porque es la fecha que consta en el Libro de Órdenes y Asistencias, así como en el Libro del Edificio".

La resolución indica que las inspectoras en este sentido realizaron "más de diez requerimientos de documentación, todos ellos atendidos" por parte de los propietarios de Barajas, "y realizaron diversas visitas a las oficinas del sujeto inspeccionado, al COAM (colegio de arquitectos) y al departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid". "Pues bien", sentencia el tribunal, "por toda la referida documentación puede razonablemente ponerse en cuestión que las obras comenzaran el 3 de agosto de 2006". El TEAMM da la razón a los dueños de suelo y confirma que las VPO se empezaron a levantar en julio de 2007.

La inspección asegura que las obras empiezan en agosto de 2006, pero lo hacen en julio de 2007

Esa no es la única discrepancia del TEAMM con las inspectoras. "Las actuaciones de inspección tienen un plazo máximo de 12 meses", denuncia la abogada de la familia, la letrada María Jesús Serrano Conde, del despacho de Serrano Alberca & Conde. "Las actuaciones de mi cliente se inician en 2008. En 2012, cuatro años después, éstas se amplían a la constructora Ferrovial", en calidad de una figura denominada sustituto del contribuyente. "Las actuaciones de la constructora se terminan en 2013 y ese mismo año se dicta una resolución por el que se cierra el procedimiento de mis clientes, sin acta. Es algo insólito", deplora María Jesús Serrano.

Un familiar fallecido

En mayo de 2013 se anuncia que los propietarios de terrenos no recibirán nada en concepto de bonificación del ICIO. Los afectados presentan un acta de disconformidad ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid el 20 de junio de 2013, ante la negativa del ayuntamiento a devolver gran parte de los 373.502,99 euros. Es la liquidación definitiva, que los propietarios recurren.

La abogada María Jesús Serrano Conde habla de caso "insólito" y de "abuso de poder"

Cuatro años después, a finales de 2017, el TEAMM da la razón a la familia de Barajas y les asigna una devolución de 305.695,93 euros. Uno de los familiares denunciantes falleció durante el largo periodo que pasó hasta que el tribunal dictaminó una resolución. El pago del impuesto se produjo con Alberto Ruiz-Gallardón como alcalde y ha sido devuelto en el mandato de Manuela Carmena. Para la abogada Serrano Conde, estamos ante un posible caso de "abuso de poder".