Hacienda ha convertido el alquiler turístico en uno de sus nuevos frentes en la lucha contra el fraude fiscal. El Ministerio comandando por Cristóbal Montoro ha articulado nuevas herramientas legales para forzar a las plataformas online como Airbnb, HomeAway o Wimdu -que son las que han hecho posible el boom del alquiler de pisos turísticos- a facilitar información a la Agencia Tributaria sobre los ingresos que perciben los dueños de las viviendas.
El Gobierno aprobó el pasado diciembre una norma que obliga los intermediarios de alquiler turístico (especialmente plataformas) a facilitar de manera periódica información fiscal sobre sus usuarios y sobre los viajeros, y sobre las transacciones económicas entre unos y otros a cambio del alquiler de pisos turísticos. La nueva normativa entrará en vigor este verano y la primera entrega de información fiscal por parte de los portales estaba prevista para próximo 31 de octubre.
Pero las plataformas finalmente van a tener más tiempo para empezar a desvelar los ingresos de sus clientes. Hacienda ha decidido aplazar el inicio de la entrega de información por parte de los intermediarios y fijarlo entre el 1 y el 31 de enero próximos, ante las dificultades de los portales para adaptar sus sistemas a la nueva norma, según se recoge en una orden ministerial aprobada por el departamento de Montoro.
Con carácter extraordinario la información fiscal que facilitarán Airbnb y sus rivales el próximo enero tendrá carácter anual (con datos correspondientes al ejercicio 2018). Pero a partir de entonces se recuperarán los plazos fijados inicialmente y los intermediarios del alquiler turístico deberán transmitir los datos sobre ingresos y transacciones con una periodicidad trimestral, y hacerlo durante el mes siguiente de finalización de cada trimestre.
La nueva normativa establece que las plataformas de pisos turísticas deben facilitar cada trimestre a la Agencia Tributaria datos sobre la identificación del titular de la vivienda, la identificación del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinta del titular de la vivienda) y la identificación de las personas o entidades que se alojan.
Asimismo, tendrán que incluir la identificación del inmueble, la referencia catastral y el número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos. También debe figurar el importe percibido y el número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de la vivienda.
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