La Agencia Tributaria ha dado inicio al período para que los contribuyentes regularicen sus cuentas en la declaración de la Renta. Este proceso implica revelar al fisco los ingresos y las pérdidas sufridas durante el último ejercicio fiscal para ajustar el balance con el impuesto correspondiente. Sin embargo, uno de los aspectos más destacados de este año es la posibilidad de descontar las pérdidas derivadas de estafas, lo cual ha generado interés y dudas entre los ciudadanos.

La normativa fiscal permite a los contribuyentes compensar las ganancias o las rentas obtenidas con pérdidas patrimoniales, incluyendo aquellas ocasionadas por fraudes.

Sin embargo, este proceso no es tan sencillo como parece, ya que Hacienda exige una serie de requisitos para validar estas pérdidas en la declaración de la Renta.

Cómo declarar una estafa

Hacienda siempre plantea un desafío en cuanto a la veracidad de las pruebas de las pérdidas derivadas de estafas. Es decir, los contribuyentes solo pueden incluir las pérdidas patrimoniales en su declaración si son capaces de justificarlas adecuadamente. En muchos casos, esto implica presentar una resolución judicial que respalde la reclamación de la pérdida sufrida.

La ley considera ganancia o pérdida patrimonial a cualquier variación en el valor del patrimonio del contribuyente que se manifieste con ocasión de alguna alteración en su composición. Sin embargo, existen excepciones, como las pérdidas no justificadas, las derivadas del consumo, las liberalidades o los juegos de azar.

En el caso de las pérdidas por estafas, la Dirección General de Tributos ha aclarado algunos puntos clave. Por ejemplo, en el caso de una estafa a través del teléfono móvil o plataformas de pago como Bizum, el contribuyente tiene derecho a incluir la pérdida en su declaración siempre y cuando pueda justificarla debidamente, ya sea a través de medios de prueba legales o mediante una resolución judicial.

Sin embargo, el proceso puede complicarse si el contribuyente reside fiscalmente en el extranjero, como en el caso de un ciudadano que invirtió en criptomonedas y resultó ser una estafa. En estos casos, las pérdidas no pueden computarse en la declaración de la renta si el contribuyente no es residente fiscal en España.

Otras estafas en la declaración de la Renta

Además, Hacienda también ha resuelto consultas sobre estafas relacionadas con el uso indebido de tarjetas bancarias o la compra de bienes que nunca se entregaron.

En estos casos, el contribuyente puede reclamar la pérdida, pero debe cumplir con ciertos requisitos, como denunciar el fraude ante la entidad bancaria y la policía, y demostrar el uso indebido de la tarjeta o la falta de entrega del bien adquirido.

En cuanto al momento de descontar estas pérdidas en la declaración de la renta, depende del proceso judicial en curso. En general, las pérdidas patrimoniales pueden imputarse en el ejercicio fiscal en que se producen y pueden ser probadas.

En casos que requieran acción judicial, el contribuyente puede descontar la pérdida una vez transcurrido un año desde el inicio del procedimiento judicial de ejecución.

Hacienda permite a los contribuyentes descontar las pérdidas por estafas en su declaración de la renta, el proceso puede ser complejo y requiere cumplir con ciertos requisitos legales. Sin embargo, esta medida brinda un alivio para aquellos que han sido víctimas de fraudes, permitiéndoles recuperar parte de su patrimonio perdido.