Cada campaña de la Renta genera anualmente un sinfín de dudas con Hacienda. La buena noticia es que la Agencia Tributaria no exige el pago de todas las cantidades. En el 2025 hay casos muy concretos en los que la Hacienda puede incluso llegar a perdonarte parte de lo que debes.

Las situaciones en las que Hacienda no reclama tu deuda

Fue en el año 2022 cuando la Agencia Tributaria ya no reclamaba las deudas más pequeñas de 3 euros, medida publicada en el BOE, dado que el coste que supone estas reclamaciones supera el beneficio que se puede obtener por parte de la Administración Pública.

Si tu deuda tributaria con Hacienda no supera esa cifra, no tienes que hacer ninguna gestión ya que automáticamente se cancelará y no recibirás comunicación al respecto. Puede que parezca que se trata de un gesto simbólico pero aun así, supone un alivio para miles de pequeños contribuyentes.

Protección frente a embargos si cobras menos del SMI

La Agencia Tributaria también está sujeta al deber de respetar el límite inembargable del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 1.184 euros mensuales y distribuidos en 14 pagas, que se encuentra vigente en 2025 como queda establecido en el artículo 27.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Esto implica que, si tus ingresos no llegan a esa cifra, la Agencia Tributaria no tendrá capacidad para embargarte, pese a que tengas ciertas deudas ya acumuladas. Además de ello, también remarca que a los pensionistas cuyos ingresos estén por debajo de esta cuantía también se benefician de esta protección.

¿Qué tipos de deudas considera Hacienda?

Deudas voluntarias: pagas sin penalización

Las deudas que se pagan durante el periodo voluntario no tienen recargos ni intereses. Este tipo de deuda suele aparecer cuando la declaración de la Renta sale a pagar y el contribuyente no ha realizado el pago.

Deudas ejecutivas, aplazadas o con embargo

Cuando una deuda se considera en período ejecutivo quiere decir que no se ha satisfecho el pago correspondiente a su importe. En este caso la Agencia Tributaria iniciará un procedimiento de apremio mediante el cual comenzará a aplicar todos los intereses correspondientes y embargar bienes. En este caso, cuando hemos solicitado un aplazamiento o fraccionamiento de una deuda y ha sido aceptado, nos mantenemos en situación de deuda, pero se contempla una hoja de ruta en función del plan de pagos que hayamos pactado. Pero si no cumples y no pagas, la Administración Tributaria puede cancelar tus bienes o cuentas en la medida que no estés afectado por los límites del SMI.

Cómo consultar si tienes deudas con Hacienda

Es posible comprobar si se tiene alguna deuda con la Agencia Tributaria mediante la sede electrónica de la misma. Se requiere para ello el certificado digital, el DNI electrónico o la Cl@ve PIN para acceder a la parte correspondiente y consultar la situación tributaria en la que se encuentra.

Otras vías: atención telefónica o presencial

Puedes solicitar cita previa para acudir a alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria. También puedes hacer la consulta mediante el servicio telefónico para resolver dudas sobre deudas o pagos que tengas pendientes.

Por tanto la Agencia Tributaria puede eximirte de una deuda tributaria dos supuestos: si la deuda tributaria es inferior a 3 euros o si tus ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesional. Si bien no es una norma de perdón general de la deuda tributaria, estas excepciones permiten aliviar la situación de muchos contribuyentes cada año. Si estás en duda, lo mejor es acudir a comprobar tu situación personal y estar al tanto de lo que ocurre para evitar problemas con Hacienda.