El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el real decreto que transpone la directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles y que endurece las obligaciones de las empresas a la hora de informar a sus trabajadores sobre sus condiciones laborales. Una nueva norma en la que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha puesto el foco en los periodos de prueba —que deberán quedar detallados en los contratos— y en el uso de sistemas algorítmicos para tomar decisiones que afectan a los empleados.
La ministra ha defendido que la nueva regulación supone "un paso más en la lucha contra la precariedad", ya que uno de sus principales objetivos es atajar el uso fraudulento del periodo de prueba.
El periodo de prueba deberá estar justificado
La norma establece que los nuevos trabajadores deberán recibir información sobre la duración concreta del periodo de prueba, tanto si se encuentra dentro del límite general de seis meses como si el convenio colectivo establece una duración superior. En este último caso, la ampliación no podrá aplicarse de forma automática, sino que deberá estar justificada.
En concreto, un periodo superior a seis meses solo podrá establecerse cuando existan razones vinculadas a la naturaleza del empleo, al interés de la persona trabajadora o a la necesidad de evaluar su idoneidad cuando se haya producido una suspensión de la relación laboral. Además, el convenio colectivo deberá recoger de forma clara en qué casos o situaciones puede ampliarse el periodo de prueba por encima de los seis meses.
Además, las empresas tendrán que informar de las obligaciones que corresponden tanto al trabajador como al empleador y de las experiencias concretas que constituyan el objeto de la prueba. Con ello, Trabajo busca limitar los casos en los que este periodo se utiliza de manera irregular para prolongar una situación de incertidumbre sobre la continuidad del empleado.
Los trabajadores podrán conocer los algoritmos de la empresa
La otra gran novedad de la norma afecta a los algoritmos laborales. Las empresas estarán obligadas a informar a sus trabajadores de los sistemas algorítmicos que utilicen para determinar sus condiciones de trabajo, entre ellas la asignación de tareas, los turnos, el salario o la promoción, así como para decidir sobre la extinción del contrato.
La regulación amplía así las obligaciones de transparencia de las compañías sobre las herramientas automatizadas que intervienen en la gestión de sus plantillas. De esta forma, los trabajadores podrán conocer cuándo estos sistemas se utilizan para adoptar decisiones que afectan directamente a sus condiciones laborales.
Además, todos los trabajadores podrán solicitar a sus empresas información detallada sobre sus condiciones salariales cuando esta no figure en su contrato. Por tanto, las compañías deberán especificar el salario base, los complementos, las dietas, la periodicidad y el método de pago, así como el sistema utilizado para calcular las retribuciones variables, como los bonus.
Más información sobre la jornada y los cambios laborales
El real decreto también refuerza la información que deben recibir los empleados sobre su jornada de trabajo y la previsibilidad de sus horarios. Las empresas deberán informar sobre el tiempo de trabajo y sobre las posibles modificaciones sustanciales que puedan producirse en las condiciones laborales.
La norma incorpora asimismo información relativa al tiempo de cuidado, la conciliación y la corresponsabilidad. Y aunque la obligación de proporcionar toda esta información se aplicará especialmente a las nuevas contrataciones, los trabajadores que actualmente formen parte de la plantilla podrán solicitar los datos que no figuren en sus contratos y deberán recibirlos en el plazo de un mes.
En cambio, cualquier modificación de las condiciones laborales deberá ser comunicada por escrito a los empleados cada vez que se produzca.
Una directiva con cuatro años de retraso
La nueva regulación entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y sustituirá la normativa vigente desde 1998 para adaptar la legislación española a la directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles.
España debería haber incorporado esta directiva antes del 1 de agosto de 2022, pero el retraso provocó la apertura de un expediente sancionador por parte de Bruselas. La aprobación del real decreto permite ahora al Gobierno avanzar en la transposición de una normativa que llevaba cuatro años pendiente.
La norma contempla además reglas específicas para determinados colectivos, como los trabajadores contratados para desarrollar su actividad en el extranjero, que deberán conocer, entre otros aspectos, la moneda en la que serán remunerados. También establece obligaciones específicas para los trabajadores de la pesca y la marina mercante, con información reforzada sobre descansos y, en el caso de los segundos, sobre las condiciones de repatriación.
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