Los autónomos de los municipios pequeños tienen acceso a una nueva modalidad de tarifa plana, que permite que los profesionales por cuenta propia que viven en localidades de menos de 5.000 habitantes paguen menos cuota a la Seguridad Social. Sin embargo, para poder acceder a esta tarifa plana es necesario cumplir una serie de requisitos que van más allá del tamaño de la población. Explicamos a continuación la letra pequeña de esta ayuda.
Todos los requisitos de la tarifa plana en municipio pequeños
Según el Boletín de Noticias RED, de la Tesorería General de la Seguridad Social, la ley estipula que los autónomos que vivan en municipios de menos de 5.000 habitantes podrán acceder a una nueva tarifa plana de 50 euros mensuales o una reducción del 80% de la tarifa en caso de escogerse la base de cotización más alta, para fomentar este tipo de empleo.
La primera de las limitaciones es temporal. Sólo es válido en autónomos que se hayan dado de alta en fecha igual o posterior al 1 de agosto del presente año. La duración total de esta ayuda será de 24 meses.
El autónomo que quiera acceder a esta tarifa deberá figurar como empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes. Pero hay más. También deberá estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de las Haciendas Forales, correspondiendo el lugar de desarrollo de la actividad declarada a un municipio de menos de 5.000 habitantes.
Además, el domicilio que se haya comunicado a la Tesorería General de la Seguridad Social en el momento del alta deberá coincidir en dicho momento con los registrados tanto en el padrón como en la Agencia Tributaria o Hacienda Foral a efectos del IAE.
Verificación
Desde la Tesorería General de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, se verificará posteriormente que los domicilios que el interesado ha declarado ante la misma en dicho momento, tanto a efectos de residencia como a efectos de ejercicio de la actividad económica y en relación con la localidad declarada, son los que figuran declarados ante el INE y la correspondiente Hacienda Tributaria. Si se detectara que esta localidad no coincide, se le reclamarían las reducciones aplicadas.
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