Dese el 1 de enero las cuotas de la Seguridad Social de los autónomos han sufrido incrementos. Esas modificaciones afectan a quienes ya no disfrutan de bonificaciones en las cuotas. Pero también a aquellos profesionales por cuenta propia que tienen acceso a la tarifa plana. Las condiciones de esta ayuda cambian.
Según la modificación, los trabajadores podrán beneficiarse de una reducción durante los 12 primeros meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, que consistirá en una cuota única mensual de 60 euros, que comprenderá tanto las contingencias comunes, como las contingencias profesionales. Esta es la principal diferencia, pues antes la ayuda era mayor. La modalidad de tarifa plana anterior a 2019 planteaba una cuota mensual para el autónomo de 50 euros. Es decir, ahora tiene que pagar 100 euros más, a lo largo de los primeros 12 meses de bonificación.
La medida afecta tanto a los trabajadores autónomos que antes del 1 de enero de 2019 estuvieran disfrutando de la tarifa plana ,y se encuentren dentro de los 12 primeros meses de disfrute, como a los trabajadores autónomos que comiencen a disfrutar de estos beneficios a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley.
Sin obligatoriedad de cese de actividad ni formación profesional
Durante la tarifa plana no se exigirá la cotización por cese de actividad ni por formación profesional, salvo para aquellos trabajadores autónomos que habiendo causado derecho a la tarifa plana con anterioridad a la entrada en vigor de esta nueva normativa, vinieran ya cotizando en dicha fecha por la contingencia de cese de actividad. En estos casos deberá cotizarse obligatoriamente también por formación profesional.
Tampoco se aplicará dicho cambio normativo a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial por Cuenta Propia Agrario. Se mantiene, por lo tanto, para estos trabajadores, el disfrute del beneficio de la tarifa plana en las mismas condiciones aplicadas hasta el momento.
Por último, se modifica el artículo que regula la tarifa plana para personas con discapacidad, de manera que cuando a un autónomo se le reconozca una discapacidad durante el desempeño de su actividad, se le reconozcan los beneficios a partir del mes siguiente.
Todas las claves de la actualidad y últimas horas, en el canal de WhatsApp de El Independiente. Únete a nuestro canal de Whatsapp en este enlace.
Te puede interesar
-
Los bancos buscan en empresas y autónomos la forma de seguir creciendo
-
Banco Sabadell lanza una cuenta online para autónomos con una remuneración del 2%
-
La UE aprueba 'in extremis' la ley 'rider' a pesar de la falta de apoyo de Francia y Alemania
-
Qué es el modelo 347 y cuándo es el último día para presentarlo
Lo más visto
- 1 Los sindicatos de Policía se hartan de la difusión de agentes encubiertos
- 2 Detienen a un español de 73 años en el aeropuerto de Punta Cana por llevar ocho paquetes de cocaína
- 3 Abascal cierra filas con Milei tras el ataque a Sánchez y su mujer
- 4 El Constitucional aborda la sentencia clave para el futuro de la incautación de la droga por agentes encubiertos
- 5 El TJUE abre la puerta a prestaciones ‘transfronterizas’
- 6 Iván Redondo y el inesperado rescate del 'brujo' del sanchismo
- 7 Los medios argentinos reaccionan a la llamada a consultas de España a la embajadora tras el ataque de Milei a Sánchez
- 8 Un guardia superviviente de Barbate: "El sargento advirtió de que con esa embarcación pequeña nos podían pasar por encima"
- 9 Qué es lunes de pentecostés y dónde es fiesta