Poner nombre a una empresa. Una gestión que puede parecer sencilla pero que, no puede ser solo fruto de la imaginación. Conlleva además una serie de gestiones, que generarán costes económicos extra.

Será necesario pagar un arancel por las gestiones

Lo primero que habrá que hacer para asegurarse de que podemos poner el nombre elegido a nuestra empresa o negocio es asegurarnos de que dicho nombre está disponible. Este trámite deberá hacerse a través del Registro Mercantil Central, que será el encargado de expedir el certificado de denominación negativa.

Además, según la gestión que realicemos, será necesario hacer frente al pago de un arancel. En este caso, deberemos abonar unos 1,5 euros. Si lo que solicitamos es la certificación de la denominación social el total será de 13,52 euros. En este caso, 6 euros serán de la presentación, otros 6 de la certificación y 1,5 euros de la búsqueda realizada.

También habrá que añadir otros 1,5 euros en el caso de las certificaciones realizadas con firma electrónica del Registrador, ya que se suma el arancel por la presentación.

Podrás elegir la forma de recoger la certificación

Cuando se solicite la denominación social por vía telemática, a través del RMC, se podrá elegir la forma de recogida del certificado. Así, habrá opción a recibir esta por correo certificado, por mensajería ordinaria (con o sin contra reembolso) recogerlo en la sede del Registro o la entrega telemática.

En el primer caso, el pago se realizará cuando se haga la solicitud de la certificación. En cada envío solo se recibirá una única certificación y el pago se realizará a través de la tarjeta del banco. El precio será el del arancel correspondiente, 4,30 euros del envío y el IVA.

Este pago con tarjeta se podrá realizar también al elegir la opción de mensajería ordinaria. En este caso los envíos solo se podrán hacer en la península. El coste será el del arancel, más los 6,90 euros del envío y el IVA. Si se opta por la opción contra reembolso de la mensajería ordinaria, el pago deberá realizarse cuando el mensajero o cartero haga entrega de la certificación.

Si se decide acudir de forma presencial a recoger la certificación al Registro Mercantil Central (sito en Madrid) el pago del arancel tendrá que ser mediante tarjeta. Además, en este caso, será necesario el número de presentación o, en su defecto, el número de referencia. Asimismo deberá presentarse el DNI, pasaporte u otro documento que acredite que la persona que lo recoge es la solicitante o bien la persona a la cual haya autorizado.

Por último, también se puede optar por la entrega telemática de la certificación, firmada de forma electrónica. En este caso todos los trámites y la recepción del mismo será a través de la página web del RMC. Aquellos que no dispongan de firma electrónica no deben preocuparse, ya que no es necesaria para realizar este trámite.