La Policía Nacional adoptará medidas para que un agente investigado como posible autor de violencia de género no pueda acceder al contenido de la denuncia que su pareja haya interpuesto contra él y establecerá un sistema de alerta que avisará en el caso de que aquél trate de entrar en la base de datos para consultar información sobre la otra persona.

Éstas son algunas de las pautas que se detallan en el borrador del protocolo de actuación ante supuestos de violencia de género en la Policía Nacional, cuya aprobación está a la espera de las alegaciones que formulen los sindicatos. La intención es que el documento -de 18 páginas y al que ha tenido acceso El Independiente- se debata en la próxima sesión del Consejo de Policía, a celebrar durante este mes de diciembre en una fecha aún por determinar.

El protocolo, que será de aplicación tanto para los funcionarios en servicio activo como para los alumnos en formación, trata de establecer unas normas de actuación homogéneas ante casos en los que el autor o la víctima pertenezcan al Cuerpo y aminorar las consecuencias de este tipo de violencia "a través de medidas de protección que abarquen aspectos preventivos, educativos, laborales, asistenciales y de atención especializada".

Retirada del arma

El primer paso que se dará cuando se tenga constancia de que un policía se halla inmerso en un caso de violencia de género como posible autor es la retirada del arma reglamentaria que tenga asignada y la puesta en conocimiento de los hechos del "jefe de la plantilla", a fin de que éste determine si hay que adaptarle el puesto. En paralelo, se deberá consultar si dispone de armas particulares, instándole a que de forma voluntaria las entregue -junto con las guías de pertenencia correspondientes- y dando cuenta "de manera inmediata" a la autoridad judicial en caso de que se negara a ello para que adopte las medidas oportunas.

De igual manera, el procedimiento prevé el bloqueo del atestado que se instruya a través de la aplicación 'Sidenpol' -fichero con los datos personales que la Policía tiene de cada ciudadano- al objeto de que el funcionario no pueda conocer el contenido de la denuncia que se haya presentado contra él. También se establecerá un sistema que avisaría si el agente, vulnerando las normas deontológicas, intenta consultar datos de la otra parte.

El protocolo establece el traslado del funcionario a otro servicio si éste está destinado en Unidades de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) o relacionado con víctimas de Trata de Seres Humanos, revocándosele inmediatamente la autorización de acceso tanto al Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (VioGén) como al de Registros Administrativos de Apoyo a la Administración de Justicia (SIRAJ). Todas estas medidas se mantendrán cautelarmente hasta que se resuelva el procedimiento judicial.

La Policía elabora un protocolo de actuación ante casos en los que el posible agresor o la víctima sean del Cuerpo

En el caso de que la posible víctima sea un funcionario de la Policía Nacional, el procedimiento persigue la "asistencia y protección especializada" informándole de los derechos que le corresponden y de las medidas laborales a las que puede acogerse. También se le restringiría el acceso tanto a su atestado como a las bases policiales para que tampoco pueda consultar datos personales del presunto autor, habilitándose una alarma que avise en caso de que incumpla esta limitación.

El borrador también describe cómo habría que actuar en el supuesto de que autor y víctima pertenezcan al Cuerpo y compartan dependencias policiales. Si se ha dictado orden de alejamiento o de protección, se adoptarán medidas que aseguren la separación física de ambos, "incluyendo la movilidad" si fuera necesario" y "atendiendo al beneficio de la presunta víctima" para que no sufra "una segunda victimización". Si los dos funcionarios fueran a coincidir en un curso de formación, acceso o ascenso o en un periodo de formación práctica, la actividad se le aplazaría al presunto agresor para evitar la coincidencia en el mismo espacio.

La víctima no sólo tendrá sus derechos reconocidos por la Ley orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género, en vigor desde enero de 2005. Por su pertenencia al Cuerpo, también por lo estipulado en la Ley orgánica de régimen de personal de la Policía Nacional, que prevé mecanismos para proteger su intimidad, apoyo y asistencia psicológica, reducción de jornada, excedencia, movilidad y faltar al puesto de trabajo si está justificado.

Acreditar la condición de víctima

Para poder acogerse a los derechos que consagra el protocolo, la posible víctima tendrá que acreditar documentalmente la situación de violencia de género mediante la presentación de un informe emitido por la Administración o la Fiscalía, una orden judicial de protección, una resolución judicial que acuerde alguna medida cautelar o una sentencia que condene a su agresor.

La supervisión de la aplicación del procedimiento y la evaluación periódica de su funcionamiento recaerá en una comisión de seguimiento de carácter permanente integrada por cuatro funcionarios: los jefes de la UFAM Central, del Área de Derechos Humanos e Igualdad y de la Oficina Nacional para la Igualdad de Género (ONIG), y un funcionario -necesariamente de la escala ejecutiva (comisario o comisario principal)- de la UFAM Central "con experiencia acreditada en la materia".

El protocolo ha sido redactado por la ONIG, un departamento creado a principios de febrero de 2018 por la Dirección General de la Policía para favorecer "la igualdad real y efectiva" de mujeres y hombres dentro del Cuerpo. Entre sus cometidos se encuentran detectar áreas potenciales de discriminación, promover medidas que propicien la conciliación de la vida personal y laboral, fortalecer la representación de la mujer en la Policía Nacional e impulsar programas de formación en igualdad de género.