El Gobierno ha reconocido que, a mediados de diciembre, continuaba sin transponer al ordenamiento jurídico español 36 directivas comunitarias que habían alcanzado ya la fecha límite de adaptación. Con todo, el Ejecutivo de Pedro Sánchez asegura que el retraso en la incorporación de las normas de la Unión Europea no ha motivado todavía la imposición de multa alguna.

Para que una directiva tenga efecto a escala nacional, es necesario que los países de la UE adopten una ley que la transponga. Cuando un estado miembro no lo hace, la Comisión puede incoar un procedimiento de infracción e incluso pleitear ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para hacerlo cumplir. En sus dictámenes, el Consejo de Estado ya ha afeado la tardanza al gabinete de Sánchez, al que ha urgido a tomar medidas para corregir esta dinámica.

A mediados del pasado mes de diciembre, el grupo del PP en el Senado registró una pregunta a fin de conocer la relación de directivas que no se habían transpuesto todavía, la multa diaria que España ha de pagar por este incumplimiento y la cantidad abonada por cada una de ellas durante 2021. La iniciativa la firmaba la parlamentaria gaditana Teresa Ruiz-Sillero.

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En una respuesta fechada este jueves, consultada por este diario, el Gobierno ha cifrado en 67 el número de directivas pendientes de transponer por España a 16 de diciembre pasado. De ese número, 30 no han alcanzado todavía la fecha límite para su incorporación al ordenamiento interno y una -concretamente la que estableció en 2019 un documento provisional de viaje de la UE, derogando la decisión que el Consejo adoptó en junio de 1996- carece de plazo de vencimiento.

El plazo de transposición de una de las directivas pendientes venció en febrero de 2018

De la lentitud del Ejecutivo español a la hora de transponer normas comunitarias habla a las claras un dato. El 5 de diciembre de 2013, el Consejo europeo aprobó la directiva sobre normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, teniendo los estados miembros hasta el 6 de febrero de 2018 -exactamente 50 meses- para transponerla. Es una de las 36 que seguían pendientes a finales de año.

España cerró 2021 sin asimilar 22 directivas comunitarias cuyos plazos vencían en dicho ejercicio. Una es la relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, aprobada por el Parlamento y el Consejo europeos el 23 de octubre de 2019. Los estados miembros tenían de margen hasta el pasado 17 de diciembre para trasladar la norma, un blindaje para los denunciantes de corrupción (los whistleblowers, como se conocen en inglés) por cuanto prevé canales seguros para que se puedan formular las denuncias sin sufrir represalias de los empleadores y prohíbe de forma expresa las represalias a los delatores.

Este incumplimiento ha motivado que la Comisión Europea haya abierto ya un procedimiento de infracción contra España por no aplicar la directiva a su legislación nacional. Bruselas ha enviado ya una carta de emplazamiento a las autoridades españolas, a las que daba dos meses para detallar en qué estado se encontraban los trabajos.

Trabajo por delante

Quedan por transponer otras seis directivas cuyo plazo venció en 2020 (entre ellas la relativa a la eficiencia energética de los edificios y la que establece el Código europeo de las comunicaciones electrónicas) y dos en 2019 (una sobre los métodos de cálculo de las obligaciones de almacenamiento para el mantenimiento de un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo o productos petrolíferos y otra sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad).

En lo que queda de año vencerán otras 21, mientras que el Gobierno dispondrá de más tiempo para adaptar otras ocho que alcanzan la fecha límite en 2023 y una -la que modifica la directiva relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido en lo que respecta al régimen especial de las pequeñas empresas- a finales de 2024.

El Consejo de Estado viene llamando la atención sobre la falta de diligencia que está mostrando el Ejecutivo a la hora de adaptar normas comunitarias. Lo hizo, por ejemplo, en el dictamen aprobado el pasado 28 de octubre en relación con el proyecto de decreto-ley elaborado por el Gobierno para transponer al ordenamiento jurídico español ocho directivas de la Unión Europea en materia de bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva, datos abiertos y reutilización de la información del sector público, ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes.  

Cartas de emplazamiento de la CE

Cuando el Ministerio de la Presidencia formuló la petición, seis de las ocho habían excedido ya el margen del que se disponía para no incurrir en incumplimiento, lo que había llevado a la Comisión Europea a enviar las correspondientes cartas de emplazamiento (recibidas en España entre el 23 de julio y el 11 de octubre). En los dos casos restantes, los plazos expiraban el 28 de noviembre y el 31 de diciembre pasados.

"La pandemia ocasionada por la propagación del coronavirus, a partir del mes de marzo de 2020, ha supuesto un indudable trastorno tanto para el funcionamiento de los poderes públicos como, muy principalmente, para aquellos ciudadanos que han sufrido en sus vidas y haciendas las consecuencias de esa enfermedad. Pero no ha interrumpido ni puede dar lugar a la interrupción o dilación injustificada en la gestión de los asuntos públicos", razonó el órgano consultivo.

En este contexto, el Consejo de Estado deja claro que el retraso en las transposición de estas directivas no está motivado por el hecho de que no hubiera habido tiempo para aprobar las correspondientes leyes en las Cortes Generales, sino por la falta de diligencia de los órganos concernidos por las materias. "Una más rápida tramitación de los departamentos afectados en la elaboración de la consulta de la que son coproponentes habría contribuido a la mejora del texto y evitado las premuras de aquella", resaltó.