El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, que investiga el espionaje al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y los ministros de Interior y Defensa, Margarita Robles y Fernando Grande-Marlaska, ha rechazado que la Generalitat de Cataluña se persone como acusación popular en la causa ya denominada Pegasus, por el software con el que supuestamente se espió a los miembros del Ejecutivo.

En un auto de este miércoles que recoge Europa Press, el titular del Juzgado de Instrucción Número 4 señala que no hay habilitación legislativa específica para que la personas jurídicas públicas, como es el caso de la Generalitat, puedan ejercer la acción popular, como solicitaron los representantes del Gobierno catalán.

El magistrado recoge la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo al respecto, la cual establece que el sistema general de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) no permite inferir que las entidades públicas puedan ejercer como acusación popular.

Sólo corresponde a la Fiscalía

Asimismo, el instructor descarta que dicha legitimación se pueda sustentar en la normativa autonómica que invoca el Gobierno catalán en la petición formulada en la sede judicial.

Con todo, Calama indica, en línea con la Fiscalía, que la acción pública para su ejercicio en el procedimiento penal corresponde en exclusiva al Ministerio Público, "no teniendo cabida el ejercicio por parte de personas jurídicas públicas de la acción popular fuera de los casos en los que esta posibilidad se encuentra contemplada legalmente, sin que en el presente supuesto exista previsión legal específica en la que pueda ampararse la personación pretendida por la Generalitat".

No obstante, el auto firmado por el magistrado aún no es firme, ya que la Generalitat tiene un plazo de tres días para presentar un recurso de reforma y de cinco días para impugnar ante la Sala de lo Penal.