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El juez del espionaje a Sánchez inicia la causa y pregunta a la Fiscalía qué diligencias practicar

El magistrado ve “meridianamente claro” que corresponde a la Audiencia Nacional la investigación de los hechos por cuanto afectan a altos organismos de la nación e incoa diligencias por posible delito de descubrimiento y revelación de secretos

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, habla con Pedro Sánchez en los escaños del Congreso.

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, habla con Pedro Sánchez en los escaños del Congreso.

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ya ha iniciado la investigación sobre el espionaje al presidente del Gobierno Pedro Sánchez y la ministra de Defensa, Margarita Robles, con el software Pegasus entre mayo y junio de 2021 denunciado por la Abogacía del Estado este domingo.

El titular del Juzgado Central de Instrucción 4 ha incoado diligencias viendo que los hechos coincidirían con un posible delito de descubrimiento y revelación de secretos y, como primer paso de la causa -como es habitual en cualquier investigación- se ha dirigido a la Fiscalía para que informe sobre la práctica de las diligencias de investigación que considere convenientes para "determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos objeto de denuncia, así como de las personas que en ellos hayan participado".

El magistrado ve "meridianamente claro" que la Audiencia Nacional es la competente para investigar los hechos por el carácter de "altos organismos de la Nación" tanto del presidente del Gobierno Pedro Sánchez como de la ministra de Defensa, Margarita Robles.

En su auto, con fecha de este 3 de mayo, Calama también da por personada en la causa a la Abogacía del Estado puesto que "conforme a lo dispuesto en el art. 761.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tanto el ofendido como el perjudicado pueden personarse en el procedimiento sin necesidad de formular querella". "Por otro lado -recuerda- establece el art. 551.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que "la representación y defensa del Estado y de sus organismos autónomos, así como la representación y defensa de los órganos constitucionales cuyas normas internas no establezcan un régimen especial propio, corresponderá a los Abogados del Estado integrados en el Servicio Jurídico del Estado. Por consiguiente, reuniendo el denunciante el requisito de postulación, y habiéndose formulado denuncia en la representación que tiene conferida, procede tener al mismo por personado y parte en las presentes actuaciones", se lee en el auto.

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