El mundo jurídico se encontró una sorpesa este jueves 29 de junio publicada en el BOE. El Gobierno ha aprobado de un plumazo distintas modificaciones legales en un Real Decreto-Ley "ómnibus" que modifica los despidos, prorroga las ayudas por el volcán de la Palma o cambia los permisos de los trabajadores en un mismo documento a menos de un mes de las elecciones. Distintas fuentes del mundo de la Justicia consultadas hablan de "chapuza" o de "barbaridad" por la forma en la que el Ejecutivo ha vuelto a saltarse los resortes legales y contrapesos para coser el Derecho sin repasar todos estos cambios con los órganos consultivos del Estado.

El nombre del Real Decreto-ley 5/2023 ya es toda una declaración de intenciones: "por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea".

Lo cierto es que el Gobierno que dirige Pedro Sánchez tenía de plazo hasta este mismo viernes para disponer algunas Directivas de la Unión Europea en el ordenamiento jurídico español y si no lo hacía se enfrentaba a una sanción. Pero los fuentes jurídicas consultadas censuran la premura con la que se ha terminado haciendo: "Algunas de ellas no están mal como las que se refieren a la conciliación. En el fondo son temas de los que se ha hablado y está bien que se reformen pero no con un Real Decreto -Ley, no a 20 días de las elecciones", remarca un exalto cargo.

Los despachos de abogados han corrido a explicar a sus socios en qué consisten estas modificaciones legales y los opositores a cargos jurídicos en el Estado han tenido que ponerse a cambiar parte de su temario.

De lo publicado en las 224 páginas de norma -que entran en vigor hoy mismo- destaca especialmente lo que forma parte de la transposición de la Directiva de la Unión Europea en materia de conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores. Parte de estas líneas iban en la Ley de Familias redactada por el equipo de la ministra de Podemos Ione Belarra, pero con el adelanto de la convocatoria electoral, esta norma estrella se quedó en un cajón.

Además, el Real-Decreto en su preámbulo anuncia que va a trasponer también la Directiva de condiciones de trabajo transparente, pero las fuentes jurídicas consultadas avisan de que a pesar del anuncio, el Gobierno luego no lo hace en el cuerpo del texto.

"Modifica permisos la regulación de la adaptación de jornadas, los permisos del Estatuto de los trabajadores para incluir a las parejas de hechos, amplía los permisos de paternidad (a parte del que existía retribuido, incluye otras semans que parecen no retribuidas)", expone Gema Fabregat, catedrática de Derecho del Trabajo de la Universidad de Valencia y of counsel de Sagardoy Abogados. "Establece la posibilidad de que las personas se ausenten por fuerza mayor de su trabajo por motivos de concilicación. Y todo esto no recoge a efectos de determinar la nulidad objetiva del despido", continúa.

Igualmente, regula la excedencia o equipara los permisos para las pareja de hecho con los de los matrimonios, por ejemplo. Asimismo, señala que en el caso de que los trabajadores de la misma empresa (un matrimonio del mismo hijo) pidan un permiso y sea denegado, la compañía debe justificarlo con un motivo fundado y objetivo.

"Los reales decretos son para casos de extraordinaria y urgente necesidad", reprocha un abogado. El mecanismo que ha utilizado el Gobierno ha evitado que todos estos cambios legislativos atraviesen los informes consultivos de órganos como el Conejo de Estado o el Consejo General del Poder Judicial. "Han tenido cinco años para hacer reformas. Ahora lo hacen sin consultar a nadie, sin pedir dictámenes", expresa otro operador jurídico.

"Es una reforma profunda de muchas leyes, esto no se hace corriendo", indica un tercero. "Se han aprobado reformas procesales de todos los órdenes. Civil, penal, procesal... es una barbaridad jurídica", expone un exalto cargo.

Las reformas incluyen que empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 31 de diciembre de 2023, contemplándose para caso de incumplimiento el reintegro de la ayuda recibida. O que los empresarios que se acojan a las medidas de reducción de contrato o de suspensión de los mismos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.