Ahmed, de origen saharaui, solicitó hace meses una residencia temporal por circunstancias excepcionales. Su padre tiene nacionalidad española. Es español a todos los efectos. Nació en el Sáhara Español, como podría haber nacido en Cuenca o Tenerife. La sorpresa de Ahmed, el nombre ficticio del solicitante, llegó hace unos días cuando recibió la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas rechazando su petición bajo un argumento insólito y falso: que la nacionalidad española del padre no era válida.

El documento de denegación de residencia, al que ha tenido acceso El Independiente, lleva la firma de la subdelegada del Gobierno en Las Palmas, la socialista María Teresa Mayans Vázquez. Y basa el fundamento de su rechazo en una falsedad: “En definitiva, en la medida que debe prevalecer la declaración de la jurisprudencia civil de que no son nacionales españoles de origen los nacidos en el Sahara Occidental antes de su descolonización, la solicitud debe ser desestimada. Vistos los preceptos legales citados y demás normas de general aplicación, la subdelegada del Gobierno en las Palmas resuelve denegar la autorización de residencia por circunstancias excepcionales”, reza el texto.

“El padre del solicitante tiene nacionalidad española por simple presunción de origen; la tiene desde hace muchos años. Uno de sus hijos se presentó en Gran Canaria con un visado y pidió un permiso de residencia y le denegaron porque alegan que la nacionalidad que posee el padre no es una nacionalidad válida y que no se puede pedir a raíz de ella un permiso de residencia de esas características”, cuenta a este diario un familiar al tanto de los detalles de esta negativa.

El caso de Ahmed no es aislado. Según ha podido saber este diario, en las últimas semanas se está produciendo una cascada de resoluciones denegatorias en circunstancias similares desde las oficinas de extranjería de las subdelegaciones del Gobierno de toda la geografía española. En todas se cuestiona abiertamente la nacionalidad española de los familiares, un aspecto inédito que se produce en un contexto marcado por el histórico cambio de posición del Ejecutivo de Pedro Sánchez en el contencioso del Sáhara Occidental, excolonia española, y el alineamiento con las tesis de Marruecos, el país ocupante de un territorio pendiente de descolonización.

“Es un escándalo”

“Jurídicamente hablando, es cuanto menos un escándalo. Estas resoluciones obvian que estamos ante nacionalidades que han sido dictadas por autos firmes de jueces y han sido inscritas en el Registro Civil Central. Son firmes”, denuncia Fatma el Galia, abogada de algunos de los solicitantes saharauis que han recibido en las últimas semanas la denegación en términos similares por diferentes subdelegaciones del Gobierno. “Un funcionario de Interior no puede extralimitarse y poner en entredicho la nacionalidad española dictada por una autoridad judicial que solo podría ser retirada por una sentencia judicial”, agrega la letrada.

Un funcionario de Interior no puede extralimitarse y poner en entredicho la nacionalidad española dictada por una autoridad judicial

“En virtud de la ley de extranjería, los hijos de un ciudadano español¡ que no tienen la nacionalidad español pueden optar a este tipo de autorización de residencia”, explica El Galia. “Se han ido concediendo a saharauis sin ningún problema tras probar que sus familiares directos tienen son españoles de origen", apostilla. Ahora, en cambio, el ministerio del Interior está aplicando de forma retroactiva la interpretación de una sentencia con estatus de nacionalidad anterior a esa sentencia. Vienen a decir que esa persona no es española”, subraya.

A su juicio, este nuevo episodio -que se suma a las decenas de deportaciones que el ministerio que dirige Fernando Grande-Marlaska firmó el año pasado de saharauis procedentes de los territorios ocupados del Sáhara que solicitaban asilo en España por persecución y vulneración de sus derechos más básicos- se inscribe en “la discriminación administrativa que siempre sufren los saharauis”. “Es una violacion flagrante del derecho a la nacionalidad; denota una intencionalidad clara de perpetuar el limbo jurídico que sufren”. “Acudimos perplejos a una categoría nueva de ciudadanos españoles”, desliza El Galia.

Mención errónea a una sentencia posterior

Las resoluciones denegatorias citan de manera errónea “la aplicación de la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), entre otras, en sus sentencias 207/2020, de 29 de mayo, n º 444/2020 de 20 de julio, y n º 681/2021 de 7 de octubre, que han venido a declarar que los nacidos en el Sahara Occidental antes de su descolonización no son nacionales españoles de origen”. Entre las motivaciones del rechazo, se cita parte de la sentencia: “En consecuencia, cualquiera que sea la opinión que merezca esa normativa específica y cualquiera que sea la opinión sobre la actuación de España como potencia colonizadora a lo largo de toda su presencia en el Sahara Occidental, lo indiscutible es que se reconoce la condición colonial del Sahara -algo por demás difícilmente cuestionable incluso durante la etapa de «provincialización»- y que, por tanto, el Sahara no puede ser considerado España a los efectos de la nacionalidad de origen contemplada en el art. 17.1c) CC. En otras palabras, no son nacidos en España quienes nacieron en un territorio durante la etapa en que fue colonia española”.

Una mención que resulta gratuita porque los solicitantes son familiares de saharauis que obtuvieron la nacionalidad española en fechas previas a ese fallo. “Con estas resoluciones se dan dos interpretaciones a la Ley del TS de mayo de 2020: por un lado se le da un carácter retroactivo, lo que nos llevaría a la conclusión de que los cientos de saharauis que han sido nacionalizados de origen antes, dejarían de serlo: y por otro lado, a pesar de que la sentencia se dicta sobre un solo precepto, el artículo 17.1.c del Código Civil, estas resoluciones pretenden aplicarlo a cualquier ciudadano saharaui que se haya nacionalidad por la via de la simple presunción, es decir, aunque haya consolidado dicha nacionalidad”, arguye la abogada, indignada por un nuevo capítulo de un Gobierno que “con este tipo de actuaciones, se reafirma en su nefasta política”.

“Vía crucis” por tres ministerios del PSOE en busca de respuesta

Durante la semana pasada, El Independiente trató de contactar con el ministerio del Interior para recabar su versión de los hechos. El departamento de Grande-Marlaska, un ministro reprobado múltiples veces por el Congreso de los Diputados y criticado por las organizaciones de derechos humanos por sus sucesivas actuaciones, se desentendió del asunto y remitió al ministerio de Política Territorial. Su gabinete de prensa, dirigido por el experiodista canario Jazael Ascanio, ni siquiera respondió a la solicitud de información de este diario a pesar de las repetidas solicitudes cursadas.

Fuentes del gabinete de prensa de Interior volvieron a negar responsabilidad en el asunto. “Las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo familiar, en virtud del artículo 127.e del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, no son competencia del Ministerio del Interior ni de Policía Nacional”, se limitaron a decir. En esta ocasión, tres días después de la petición original, desde Interior se aseguró que el asunto era competencia de un tercer ministerio, del de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Se da la circunstancia de que los tres ministerios pertenecen al PSOE, el partido que lidera el Gobierno de coalición y el que ejecutó el giro copernicano en el conflicto del Sáhara con la oposición abierta de su socio, primero Unidas Podemos y ahora Sumar.

A última hora del pasado viernes, en pleno cierre de este artículo, la secretaría de Estado de Migraciones respondió a la petición de este diario. Reconoció la gravedad de los hechos -solicitudes de denegación sustentadas directamente sobre falsedades- y, ante las gestiones de este diario, aseguró haber enviado de manera urgente una circular a las oficinas de extranjería de las subdelegaciones del Gobierno. “Ante los malentendidos suscitados por la diferencia de criterios e interpretaciones de las oficinas de extranjería, el DGGM ha enviado a todas las OEX un criterio de manera urgente en el que se indique que esas personas deben recibir la consideración de ciudadanos españoles de origen a todos los efectos, incluso los relacionados con la entrada en vigor del nuevo RLOEX”, indican desde el gabinete de prensa de la citada secretaría. “Precisamente el nuevo Reglamento de Extranjería será la herramienta que, de forma individualizada, pueda resolver y dar respuesta a cada uno de los casos existentes”, agregan.

Para El Galia, esta rectificación ante la publicación de una información por parte de este diario que denunciaba esta sucesión de denegaciones prueba que “había una instrucción previa". "Las resoluciones denegatorias de Alicante, Vigo y Cuenca nos llevan a pensar en que estas oficinas han recibido una instrucción para resolver en ese sentido. Es tal la persecución que el colectivo saharaui sufre que llega a olvidarse que son españoles", lamenta.

“Cada vez que un saharaui va a hacer un trámite, estamos en las mismas. Estas denegaciones han tenido consecuencias para los solicitantes: no pueden moverse y se enfrentan a la amenaza de tener que abandonar el territorio”, subraya la abogada. A su juicio, es una muestra más de “una discriminación” que también se refleja en los años de espera para obtener la condición de apátrida.

“El gobierno se ha extralimitado en sus funciones”, advierte El Galia. Este nuevo caso se produce cuando el Congreso de los Diputados tramita la proposición de ley para conceder la nacionalidad española a los saharauis nacidos bajo la administración española impulsada por Sumar y que salvó su primer escollo parlamentario con el apoyo del PP y el rechazo del PSOE, firme defensor de cuidar las relaciones con Marruecos en detrimento del Sáhara Occidental, un territorio no autónomo que incluso la justicia de la Unión Europea considera un territorio diferencia de Marruecos.