El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la mujer condenada a penas que suman 29 años de cárcel por asesinar a su compañero sentimental tras suministrarle durante meses laxantes mientras se hallaba hospitalizado, así como de apropiarse de su dinero.

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En julio de 2024 la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia condenó a la mujer, que recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que desestimó el recurso el pasado mes de diciembre.

Según EFE, la sentencia de la Audiencia la declaró autora de un delito de asesinato con agravante de parentesco, por el que le impuso 23 años de prisión, y de un delito continuado de estafa agravada, penado con otros seis años, aunque la absolvió del delito de falsedad documental. La resolución aplicaba el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular al término del juicio.

Según esa sentencia, los hechos ocurrieron entre los meses de septiembre de 2020 y abril de 2021, en los que la víctima, que sufría diversas patologías, estuvo ingresada en un centro hospitalario.

Tal y como declara probado la sentencia, la acusada administró de manera continuada y de forma intencionada laxantes a su pareja “sabiendo y aceptando que con ello le podría causar la muerte”.

La ingesta de esos medicamentos causó al paciente un cuadro de diarrea crónica y funcional refractaria a cualquier tipo de tratamiento, así como una deshidratación y un deterioro progresivo e irreversible de su estado que motivó su ingreso en la UCI en marzo de 2021 por un shock séptico severo y que fue determinante para que falleciera el 16 de abril de ese mismo año.

La mujer, que ejercía de acompañante y cuidadora de su compañero sentimental durante su estancia hospitalaria, se apropió del teléfono del hombre y desaconsejó a los hijos de éste que fueran a verlo.

Ello le permitió quedarse a solas con él y administrarle los laxantes sin que el propio perjudicado, sus familiares o los médicos pudieran darse cuenta, según la resolución judicial.

Además, la Audiencia consideró probado que, desde octubre de 2020 y hasta el fallecimiento de la víctima, la condenada realizó diferentes operaciones económicas para apropiarse del dinero de su pareja sin el consentimiento de ésta y aprovechándose de “su situación de desvalimiento”.

En concreto, llevó a cabo 152 extracciones de dinero en cajeros bancarios por un total de 88.110 euros con las tarjetas de crédito de su compañero, suscribió dos préstamos a su nombre e hizo múltiples compras en establecimientos comerciales.

La sentencia la condenó por ello a pagar en concepto de responsabilidad civil 135.517 euros por esas cantidades defraudadas, que deben destinarse a la herencia del fallecido. Igualmente, impuso el pago de sendas indemnizaciones de 30.000 euros a los dos hijos de la víctima por daños morales.

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