Continúa la guerra. La decisión del juez Juan Carlos Peinado de orientar de nuevo la causa contra la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, hacia un juicio con jurado ha provocado una reacción contundente por parte de la mujer de Pedro Sánchez y de su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, que también está imputada. Ambas han recurrido la resolución del magistrado en términos especialmente duros, asegurando Gómez que Peinado basa su "inaceptable" investigación en "conjeturas" y Álvarez cuestionando directamente el sentido mismo de su imputación.
El recurso de Gómez es un ataque frontal al relato jurídico que ha ido construyendo Peinado durante los dos últimos años. A lo largo del escrito, su abogado, el exministro del Interior Antonio Camacho, trata de desmontar uno a uno todos los indicios y sostiene que no responden a la realidad, sino a una interpretación forzada de los hechos.
Uno de los reproches más duros apunta directamente al origen mismo de las pesquisas. "La única conclusión que puede extraerse del auto es que se está investigando a mi representada por ser cónyuge del presidente del Gobierno", afirma Camacho, que considera que toda la construcción del caso gira en torno a esa condición y no a hechos concretos con relevancia penal.
En esa misma línea, acusa a Peinado de haber tratado de "construir ab initio el relato" del delito de tráfico de influencias, conectando elementos inconexos y omitiendo otros que desmontan la tesis de la imputación. El letrado insiste en que la trayectoria profesional de su cliente no depende de la llegada de su marido a La Moncloa y recuerda que ya desarrollaba actividad académica años antes. En su último auto, Peinado expuso que la trayectoria profesional de Begoña Gómez cambió "de forma radical" tras llegar Sánchez a la presidencia del Gobierno.
Camacho también carga contra el uso de hechos que, según su valoración, ni siquiera forman parte de la causa. Califica de "inaceptable en un Estado de Derecho" que el instructor recurra a actuaciones que están siendo analizadas por la Fiscalía Europea y en las que Gómez no figura como investigada, sino únicamente como testigo.
Cabe recordar que Peinado imputa cinco delitos a la esposa de Pedro Sánchez: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca, intrusismo y malversación de fondos públicos. La investigación arrancó hace dos años y, con la jubilación del juez en el horizonte próximo, se prevé que decrete una última prórroga en los próximos días para terminar la instrucción antes de colgar la toga el próximo mes de septiembre, cuando cumplirá 72 años.
Camacho centra buena parte del recurso en desmontar el supuesto beneficio económico, clave para sostener varios de los delitos. La defensa subraya que Begoña Gómez no cobraba por dirigir la cátedra que tenía en la Universidad Complutense de Madrid y explica que el dinero aportado por empresas iba directamente al centro. "No existe ningún beneficio económico", concluye.
Igualmente, habla de afirmaciones "falaces", de hechos "sin contenido material" y de una causa sostenida sobre suposiciones. "Lo único acreditado es la voluntad inquebrantable del instructor de mantener viva una causa penal, aunque no exista elemento alguno en que apoyarla", llega a afirmar.
Una imputación "sin sentido"
En el caso de Cristina Álvarez, el recurso sigue la misma línea, pero con un enfoque más directo sobre su papel concreto. Su defensa, ejercida por el abogado José María de Pablo, sostiene que su imputación carece de sentido y la compara con situaciones absurdas para evidenciarlo. Esencialmente, viene a plantear que Peinado le atribuye responsabilidad penal por tareas propias de su puesto o por actuaciones que en ningún caso pueden considerarse delictivas.
El escrito cuestiona que se intente convertir en malversación el trabajo habitual de una asesora que organiza agendas, coordina reuniones o acompaña a la esposa del presidente. De hecho, llega a plantear de forma retórica si conductas de ese tipo pueden encajar en un delito: "¿eso es malversación?", se pregunta, poniendo en duda la base de la investigación.
La defensa también insiste en que muchas de las actuaciones que se le atribuyen, como el envío de correos electrónicos, presencia en reuniones o tareas de coordinación, forman parte de su actividad ordinaria o, en todo caso, de ayudas puntuales sin relevancia penal. Y subraya que en algunos casos ni siquiera se utilizaban medios oficiales, sino cuentas personales.
Además, recuerda que la propia Audiencia Provincial de Madrid ya había acotado el alcance de la investigación sobre Álvarez, descartando que pudiera ser autora de un delito de malversación en los términos planteados inicialmente. Pese a ello, expone que Peinado ha mantenido su imputación, algo que la defensa considera injustificado.
El recurso utiliza incluso comparaciones gráficas para ilustrar su crítica. Equipara la situación a "imputar por el atraco a un banco al policía que interviene deteniendo a los atracadores", en referencia a la idea de que se está atribuyendo responsabilidad penal a quien, en todo caso, desempeñaba funciones auxiliares.
Tanto Begoña Gómez como Cristina Álvarez plantean una enmienda a la totalidad de la instrucción del juez Peinado. Ambas coinciden en que la causa se sostiene sobre una interpretación forzada de los hechos, sin indicios sólidos y con un relato construido para mantener viva una investigación que ya dura dos años y ha copado los titulares de los medios de comunicación durante todo este tiempo.
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