El auto judicial del juez Calama que destapa la trama vinculada al expresidente Zapatero, pone de manifiesto el papel central de María Gertrudis Alcázar Jiménez, secretaria del mismo, en una presunta trama de "facturación ficticia" operada desde la oficina del expresidente en la calle Ferraz. La resolución judicial detalla cómo Alcázar Jiménez habría sido una "pieza operativa esencial" en una red organizada dedicada al ejercicio ilícito de influencias, la falsedad documental y el blanqueo de capitales.

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Según el auto, María Gertrudis no solo trabajaba en la oficina de José Luis Rodríguez Zapatero, sino que también era la usuaria principal de una de las cuentas de correo, identificada por los agentes como el "principal canal de comunicación interna de la red". Esta posición le otorga un rol crucial en la coordinación, elaboración y cobertura formal de la documentación que sustentaba la actividad económica y financiera de la trama, a la que se referían internamente como "Finance Boutique".

La investigación ha revelado una serie de intercambios de correos electrónicos entre María Gertrudis Alcázar y Cristóbal Cano, gestor del entorno societario de Julio Martínez Martínez, que evidencian una concertación previa sobre el contenido, la descripción y el importe de las facturas emitidas

Un modus operandi estable

En estos correos, Alcázar Jiménez consultaba a Cano sobre la emisión de facturas por importes específicos, como una de 20.000 euros, preguntando si debía emitirse una única factura o varias, y solicitando indicaciones sobre los conceptos. La respuesta de Cano incluía precisiones sobre los conceptos del supuesto servicio, la imputación temporal al trimestre correspondiente e incluso los importes concretos que debían reflejarse. Este patrón se repitió en varias ocasiones, lo que, según el auto, confirma la existencia de un "modus operandi estable y reiterado" orientado a dotar de "apariencia documental a movimientos financieros carentes de causa económica real".

Los correos electrónicos también sugieren que José Luis Rodríguez Zapatero era conocedor de esta operativa financiera. La centralidad de su oficina, el uso de su cuenta corporativa y la naturaleza de las instrucciones transmitidas apuntan a que las directrices sobre cómo debía articularse la facturación, entre ellos los conceptos a incluir, cada cuánto tiempo, y la cuantía exacta provenían de él. 

La secretaria de Zapatero, siguiendo estas instrucciones, procedía a la elaboración de las facturas, lo que indica que el supuesto prestador del servicio no actuaba de manera autónoma, sino subordinado a las indicaciones de la trama. Incluso, en un intercambio, Alcázar Jiménez llegó a consultar a Cano si debía incrementar los importes de las facturas, comprometiéndose a remitirlas para su firma una vez recibidas las indicaciones, lo que refuerza la idea de que la facturación no respondía a una realidad económica efectiva, sino a la necesidad de generar un "soporte documental ficticio" para justificar los movimientos financieros de la red.

Ferraz 35

El auto judicial subraya que la oficina de Ferraz, número 35, donde María Gertrudis desarrollaba su actividad, era el "centro físico de coordinación, elaboración y archivo de la documentación". Y que allí se sustentaba la actividad económica y financiera de la trama. Por ello, el juez autorizó la entrada y registro en esta oficina, con el objetivo de intervenir dispositivos electrónicos, ordenadores, teléfonos, tabletas, agendas, cuadernos, anotaciones y cualquier soporte físico o digital relacionado con la actividad de facturación y coordinación de la red.

También se busca documentación contable, borradores, facturas, contratos y archivos vinculados a la operativa financiera investigada, así como cualquier otro elemento que permita acreditar la transmisión de instrucciones, la elaboración de documentación ficticia o la participación de terceros.

Además, se ha autorizado la intervención de los dispositivos de almacenamiento masivo de información que tenga María Gertrudis, ya sea de forma anterior o simultánea al registro, y se encuentre en el interior o exterior del despacho. Esta medida se considera necesaria, ya que el acceso al contenido de estos dispositivos permitiría obtener evidencia directa sobre la coordinación interna, la elaboración de facturas ficticias y la estructura operativa de la red. La facilidad de alteración, destrucción o borrado de datos hace que esta intervención sea crucial para la investigación.