El juez Antonio Viejo Llorente, encargado de resolver durante las vacaciones del titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid y de su sustituto natural, ha autorizado a Begoña Gómez a viajar a Londres para asistir a la graduación de su hija, pero le ha denegado el permiso para desplazarse a Ankara y acompañar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a la cumbre de la OTAN prevista para los días 7 y 8 de julio.

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Así consta en un auto dictado este lunes, al que ha tenido acceso El Independiente, en el que el magistrado estima parcialmente la solicitud presentada por la defensa de la esposa del presidente del Gobierno después de que el juez Juan Carlos Peinado le retirara el pasaporte y le prohibiera salir de España al acordar la apertura de juicio oral contra ella el pasado 20 de junio.

La resolución llega después de una situación poco habitual en el procedimiento. Peinado —instructor del 'caso Begoña'— se encuentra de vacaciones y su sustituto ordinario, el magistrado Carlos Valle, tampoco estaba disponible, por lo que la decisión sobre las solicitudes de ha recaído finalmente en un tercer juez, tal y como ha avanzado La Sexta.

Así, el magistrado permite a Begoña Gómez viajar al Reino Unido entre los días 8 y 10 de julio para asistir al acto de graduación de su hija. Para ello ordena la devolución temporal de su pasaporte y establece que deberá volver a depositarlo en el juzgado el siguiente día hábil tras su regreso a España, el próximo 13 de julio. En cambio, rechaza que pueda desplazarse a Turquía para acompañar a Sánchez en la 36ª Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la OTAN. La defensa de Gómez había alegado que el viaje se realizaría junto a la delegación española y con el dispositivo de seguridad habitual que acompaña al presidente del Ejecutivo.

Londres sí, Ankara no

En su resolución, el juez recuerda que sobre Gómez pesan actualmente varias medidas cautelares que le juez Peinado acordó el pasado 20 de junio: la prohibición de abandonar el territorio nacional sin autorización judicial, la retirada del pasaporte y la obligación de comparecer periódicamente ante el juzgado.

No obstante, considera que la asistencia a la graduación de su hija justifica una excepción puntual. El auto destaca "la buena relación de cooperación judicial entre España y el Reino Unido, incluso después del Brexit", así como la naturaleza familiar del evento.

Distinta conclusión alcanza respecto al viaje a Turquía. Aunque el magistrado reconoce que Begoña Gómez había sido invitada por razones de "cortesía institucional internacional", subraya que no tendría una "participación activa" en la cumbre.

Además, el juez asume parte de los argumentos expuestos por las acusaciones populares y recuerda que Turquía no forma parte del espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea, donde la cooperación policial y judicial está reforzada por mecanismos comunes. Por ello, concluye que procede mantener la medida cautelar que impide a Begoña Gómez abandonar España para asistir al encuentro internacional.